Page 6 - Manual de Normas y Procedimientos de SRI
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MISIÓN MÉDICA CUBANA
CAPÍTULO I: GENERALIDADES
ARTÍCULO 1. Objetivo, Propósito y Alcance.
Objetivo
Establecer las bases normativas y organizativas que rigen el trabajo de las Salas
de Rehabilitación Integral (SRI) con el fin de brindar servicios de excelencia que
propicien satisfacción a los pacientes y garanticen la sostenibilidad y el óptimo
aprovechamiento de los recursos en estos centros.
Propósito
Brindar atención integral a las personas con discapacidad, enfermas, con factores
de riesgo y sanas; a su familia y a la comunidad con un enfoque clínico,
epidemiológico y social a través de promoción de salud y estilos de vida saludables,
prevención de enfermedad y discapacidad, diagnóstico y tratamiento de
condiciones agudas y crónicas, así como acciones de rehabilitación que permitan
la mayor independencia posible de personas con desventajas sociales,
contribuyendo con la modificación del estado de salud de la población venezolana.
Alcance
Las Salas de Rehabilitación Integral asumen la responsabilidad de la atención
médica integral de la población asignada, tienen relaciones funcionales con las
demás unidades de Barrio Adentro del Área de Salud Integral donde están
ubicadas. Cada Sala de Rehabilitación Integral tiene prevista las relaciones con
otras instituciones de salud, preferiblemente ubicadas en el estado a que
pertenecen ellas, que permitan la remisión de los casos cuya naturaleza no sean
competencia de la unidad, por su grado de complejidad.
ARTÍCULO 2. Estructura de dirección y Caracterización del recurso humano.
La estructura de dirección del frente de Rehabilitación, desde la Misión Médica
Cubana en Venezuela, está representada por un Asesor Nacional de SRI que es
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