Page 9 - Manual de Normas y Procedimientos de SRI
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

                                        MISIÓN MÉDICA CUBANA


                     CAPÍTULO II: FUNCIONES DE LA UNIDAD Y SUS INTEGRANTES

            ARTÍCULO 4. Funciones de la Unidad.

                Asistencial:

              a) Brinda consulta y confecciona la historia clínica del paciente que ingresa al

                  servicio identificando en cada uno de ellos los factores de riesgo, psicológicos,

                  económicos, culturales y ecológicos que inciden en los mecanismos básicos

                  de la enfermedad que lo está afectando, el grado de discapacidad y las formas

                  de prevención.

              b) Establece criterios de ingreso al servicio y las reconsultas.

              c) Establece vínculos de interconsultas con otras especialidades.

              d) Establece relaciones estrechas de trabajo con las demás unidades de Barrio

                  Adentro.

              e) Controla la emisión de altas y certifica el abandono de tratamiento del servicio.

              f)  Ofrece  las  condiciones  necesarias  para  brindar  los  servicios  técnicos,

                  procedimientos y medios para garantizar la rehabilitación.

              g) Promueve la reintegración de la persona con discapacidad en el seno de la


                  familia y la comunidad, en interacción con el médico del consultorio popular.
              h) Orienta y ejerce acciones de salud y prevención de la discapacidad sobre el


                  individuo, la familia y la comunidad.

                Docente:

              a) Realiza actividades de educación para la salud en las Salas de Rehabilitación

                  Integral.

              b) Integra la red de formación de Pregrado y Postgrado.

              c) Organiza la auto preparación técnico profesional y cumple con la evaluación de

                  competencia laboral.





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