Page 28 - PLAN DE GOBIERON HLM 2020 Actualizado (1)
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2021-2022
- Aplicación en las dependencias del Poder Judicial a la Certificación de la Norma ISO 37001
conocida como sistema de gestión antisoborno, con la finalidad de garantizar la
transparencia, eficiencia y probidad en el manejo administrativo institucional
1.7 NUEVAS DEMANDAS DE SERVICIOS JUDICIALES
La coyuntura social de incremento de inseguridad, casos de violencia doméstica y corrupción ha
generado nuevas estrategias para combatirla de manera conjunta e integral a través de todos
los órganos involucrados. Sin embargo, dichas estrategias han creado obligaciones de creación
de nuevas especialidades e implementación de órganos jurisdiccionales para este fin con cargo
al propio presupuesto del Poder Judicial, que de por sí como se ha advertido resulta escaso, lo
que conlleva a la definición de mecanismos de redistribución o reasignación de recursos
humanos y materiales para poder cumplir con estos objetivos.
1.7.1 Justicia especializada en Extinción de dominio
El D.L. N° 1373, “Decreto Legislativo sobre Extinción de Dominio” publicado el 04 de agosto
de 2018, establece en su artículo 8° la competencia de órganos especializados en extinción
de dominio, y en su primera Disposición complementaria final, la creación de los órganos
especializados en extinción de dominio de acuerdo a su disponibilidad presupuestal.
El proceso de extinción de dominio es un “híbrido” entre el proceso penal y proceso civil, en
tanto, que si bien tiene una estructura parecida al proceso penal del NCPP sus efectos y
consecuencias son de carácter civil y por ello necesita de órganos especializados en esta
materia, lo que conlleva una inversión adicional, teniendo en consideración como referencia
comparativa que cada juzgado de flagrancia conlleva una partida de 6 millones de soles
anuales.
1.7.2 Justicia especializada en la protección y sanción de la violencia contra las mujeres e
integrantes del grupo familiar
De la misma forma, el D.L N° 1368 que crea “El Sistema Nacional Especializado de Justicia
para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo
familiar” establece en su artículo 4°, a) la obligación al Poder Judicial de la creación de
Juzgados y Salas Especializadas de Justicia para Protección y Sanción de la Violencia contra
las mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en materia penal y de familia, que conforme
con el artículo 6° del referido Decreto Legislativo su implementación se financiará con cargo
a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, en este caso del Poder
Judicial.