Page 193 - Velasco y la independencia nacional
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La Ley Forestal y de Fauna Silvestre 21147 • Roger Rumrrill
Poco a poco, pese las fuertes contradicciones en gran par- te debido al desconocimiento de la realidad amazónica por parte de algunos miembros del equipo, la ley fue tomando cuerpo, como resultado del consenso y el debate en múlti- ples instancias ministeriales y públicas. Incluso el Comité de Asesores de la Presidencia (COAP), revisó y aprobó el pro- yecto de ley.
“Las dos leyes, la Ley de Comunidades Nativas y de Pro- moción Agropecuaria de las Regiones de Selva y Ceja de Sel- va y la Ley Forestal y de Fauna Silvestre son una unidad y fueron fundamentales para sacar a la Amazonía peruana de su letargo”, escribe Dourojeanni Ricordi.
Luego agrega: “Así como la Ley de Comunidades Nati- vas fue la piedra fundamental del reconocimiento de los de- rechos de los pueblos indígenas, hasta entonces ignorados pero maltratados, la Ley Forestal sentó las bases de un de- sarrollo forestal más sensato, exigiendo el manejo sostenible del recurso e impulsando la reforestación en la Sierra. Pero lo más importante de esta ley ha sido haber dado el primer paso para la conservación del patrimonio natural forestal del Perú y para la defensa del ambiente. En efecto, esa ley tenía un amplio capítulo que definía el sistema nacional de áreas naturales protegidas, las categorías de las unidades que las integraban y las formas de uso de aquellas que no eran in- tangibles. Esos fundamentos continúan vigentes, con muy pocos cambios, hasta la actualidad”, escribe Dourojeanni Ri- cordi.
El ex director de la Dirección de Forestal y Fauna del Minis- terio de Agricultura, agrónomo e ingeniero forestal y conver- tido hoy en una de las mayores autoridades internacionales en biodiversidad y desarrollo sostenible, señala que en los años setenta del siglo XX el sector forestal era marginal a las políticas e intereses del sector agrario.
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