Page 310 - Velasco y la independencia nacional
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VELASCO Y LA INDEPENDENCIA NACIONAL • La RevoLución continúa
cional que tiene mayor valor histórico es la Constitución de 1979. Se podría decir que esta constitución es la que mejor responde hasta el momento al pronunciamiento de amplias mayorías nacionales, en la medida en que en la Asamblea Constituyente del año 78 estuvieron no solo los representan- tes de las clases de propietarios privados tradicionales, sino también los representantes de los sectores populares que emergieron en el Perú, a partir de los años cuarenta y cin- cuenta del siglo XX, y lograron carta de ciudadanía política plena con la revolución de Juan Velasco.
Por primera vez los representantes de la nueva intelec- tualidad urbana de clase media, del campesinado, y de los trabajadores de la costa, la sierra y la selva, tomaron parte en una asamblea constituyente, al lado de los ilustrados repre- sentantes de las clases propietarias. Con todas sus depura- ciones conceptuales y sesgos doctrinales, se podría decir que esta Constitución ya no responde tanto al espíritu de la re- pública criolla, sino que se encamina a expresar al país de las muchedumbres que conforman el Perú actual. Esto la dife- rencia radicalmente del texto elitista que la suplantó en 1993.
¿Qué es especialmente valioso de la carta de 1979? Ante todo, el capítulo de “Derechos y Deberes Fundamentales de la Persona”, que pone en la misma jerarquía a los derechos individuales y sociales, protegidos con igual convicción. En estricto, en este título se tienen no solo derechos de las per- sonas, sino también de las familias y de las comunidades. Al lado de eso cuenta la previsión de garantías jurisdiccionales para la protección efectiva de los derechos constitucionales, aunque la tendencia a la sobre especialización de las accio- nes de garantía posiblemente complica la protección en vez de facilitarla.
Tampoco se puede decir con certeza que la creación del Tribunal de Garantías Constitucionales, hoy llamado Tribunal
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