Page 17 - DERECHO A LA EDUCACIÓN_Version electrónico
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patrones de violencia en la sociedad.  La escuela tiene un papel privilegiado en la formación
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                de sus estudiantes en tanto es parte principal de los procesos de desarrollo de las personas
                que integran dicha sociedad. La importancia del derecho a la educación radica, precisa­
                mente, en su potencial y su efectividad real respecto de la formación de individuos y
                comunidades.


                En México, el derecho a la educación se reconoce desde la promulgación de la Constitución
                de 1917. En principio sólo se establecieron los de libertad de enseñanza, de laicidad y la
                gratuidad en la escuela primaria. Si embargo, el artículo evolucionó hasta su formulación
                actual que tiene un contenido mucho más amplio y garantista de este derecho funda­
                mental. En el 2019, la reforma en materia educativa adicionó, entre otras cosas, el principio
                de inclusión y la integración en los planes y programas de estudio la educación sexual. 3

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                Algunos de los desafíos  que enfrenta la garantía plena del derecho a la educación son el
                rezago educativo en población adulta; el presupuesto insuficiente, en especial en zonas
                rurales y de población indígena; la deficiencia en el aseguramiento de condiciones de
                permanencia de los estudiantes y la deserción; la adecuación de la educación de pobla­
                ciones en situación de vulnerabilidad, como los indígenas y las personas con discapacidad;
                y la baja calidad desigual de las instalaciones, materiales y enseñanza y la formación de
                docentes, que se vincula directamente con problemas sociales más amplios de desigualdad
                social. Frente a esto, tanto los jueces como los precedentes judiciales que integran tienen
                la tarea de facilitar la comprensión y el desarrollo más amplio del contenido del derecho
                a la educación y de las obligaciones que de éste se derivan.






















                2  SCJN, Primera Sala, Amparo Directo 35/2014, 15 de mayo de 2015. Cuatro votos a favor. Ponente: Arturo
                Zaldívar.
                3  Diario Oficial de la Federación, Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de
                los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa,
                15 de mayo de 2019.
                4  Véase Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, Estudio Diagnóstico del Derecho a la
                Educación 2018, Ciudad de México, CONEVAL, 2018; Velasco Gutiérrez, et. al (coord.), Situación y diagnóstico de
                la educación en México: perspectivas y posibilidades, México, STUNAM, 2018. ONU, Consejo de Derechos Humanos,
                Informe del Relator Especial sobre el derecho a la educación, Vernor Muñoz, 2010.






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