Page 7 - [CFH] DGA ADMINISTRATIVO - TEMA1
P. 7
Administrativo DGA
2. EL REGLAMENTO.
2.1. CONCEPTO, NATURALEZA Y CLASES.
El reglamento es toda norma escrita aprobada por el poder ejecutivo, con rango inferior a la ley, que tiene carácter abstracto y general de situaciones de futuro, que deben ser publicadas y que tiene una vigencia indefinida en tanto no se modifiquen o deroguen por normas de rango igual o superior.
Sus características principales son por tanto:
Origen: órgano ejecutivo.
Subordinación jerárquica a la ley.
Carácter general.
Debe publicarse para que produzca efectos. Efectos duraderos.
Los reglamentos se pueden clasificar aplicando los siguientes criterios:
Por sus destinatarios: generales y especiales. Según el ámbito de su aplicación. Si bien destaca en ellos su carácter abstracto y la posibilidad de ser aplicado a quienes se encuentren en las situación que en los mismos se regula, es posible diferenciar aquellos reglamentos cuyo destinatario puede ser cualquier persona, de los reglamentos especiales que son aquellos que pueden ser aplicados con carácter general a aquellos que reúnan ciertas circunstancias que la propia norma prevé.
Por su relación con la ley: ejecutivos e independientes. Son ejecutivos o de desarrollo aquellos reglamentos que completan y desarrollan lo que establece una norma con rango de ley, mientras que son independientes aquellos reglamentos que no desarrollan ni complementan lo previsto en una norma con rango de ley.
Por sus titulares: del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las entidades locales, dependiendo de quien haya sido la autoridad que lo haya aprobado, lo que determinará también su ámbito de aplicación estatal, autonómico o local. También existen normas de carácter reglamentario de Administraciones no territoriales, como por ejemplo, las autoridades regladoras.
Por su forma: pueden ser Decretos y Órdenes ministeriales, dependiendo de la autoridad que lo haya aprobado.
Tema 1
7