Page 22 - OPOSOCIAL - Estrategia Nacional contra la pobreza energetica 2019-2024
P. 22

Cada uno de los Estados miembros definirá el concepto de cliente vulnerable que podrá referirse a la pobreza energética y, entre otras cosas, a la prohibición de desconexión de la electricidad a dichos clientes en períodos críticos.
El concepto de clientes vulnerables (vinculado con el de consumidor vulnerable de nuestro ordenamiento interno) podrá comprender:
 los niveles de renta,
 la proporción de la renta disponible dedicada al gasto energético,
 la eficiencia energética de los hogares,
 la dependencia crítica de equipamientos eléctricos por motivos de salud,
 la edad u otros criterios.
Los Estados miembros garantizarán la aplicación de los derechos y las obligaciones relacionados con los clientes vulnerables. En particular, los Estados miembros adoptarán medidas para proteger a los clientes de zonas apartadas. Garantizarán un nivel elevado de protección del consumidor, sobre todo en lo que se refiere a la transparencia de las condiciones contractuales, la información general y los procedimientos de resolución de litigios.
Pilar Europeo de Derechos Sociales2 (Unión Europea)
El pilar europeo de derechos sociales consiste en dar a los ciudadanos unos derechos sociales nuevos y más efectivos. Se basa en veinte principios estructurados en tres categorías:
Igualdad de oportunidades y de acceso al mercado de trabajo. Condiciones de trabajo justas.
Protección e inclusión social.
Dentro de su capítulo III de protección e inclusión social se encuentra el principio número 20, relativo al acceso a los servicios esenciales que establece que toda persona tiene derecho a acceder a servicios esenciales de alta calidad, como el agua, el saneamiento, la energía, el transporte, los servicios financieros y las comunicaciones digitales. Debe prestarse a las personas necesitadas apoyo para el acceso a estos servicios.
Este principio constituye uno de los pilares de esta Estrategia, al enfatizarse en la misma la necesidad de hacer valer este derecho de acceso a los servicios esenciales energéticos y, su materialización se lleva a cabo en distintas partes de la misma, teniendo en cuenta el énfasis en el cumplimiento del mandato de prestación de apoyo a estos servicios a las personas necesitadas reconocido en este principio, materializado en las diversas medidas incluidas en la presente Estrategia.
2 http://www.instituteofhealthequity.org/resources-reports/the-health-impacts-of-cold-homes-and-fuel-poverty/the- health-impacts-of-cold-homes-and-fuel-poverty.pdf
        20



















































































   20   21   22   23   24