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 CENTRO DE FORMACIÓN DE TÉCNICOS DEPORTIVOS ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN APLICADA AL ALTO RENDIMIENTO TEMA 2
Recursos ajenos: son los recursos que afluyen a la entidad deportiva desde el exterior y que tienen su origen en personas e instituciones ajenas a la institución deportiva. Una vez captados estos recursos financieros, la entidad deportiva contrae la obligación de devolverlos en un plazo determinado de tiempo. Es decir, la entidad deportiva dispone durante un determinado período de tiempo de unos recursos provenientes de terceras personas. Los recursos ajenos forman parte del pasivo patrimonial de la entidad deportiva. Dentro de los recursos ajenos podemos distinguir:
• Recursos derivados del tráfico: constituyen un conjunto de recursos que tienen su origen en las operaciones habituales de la entidad deportiva, que hacen referencia al corto plazo y que se materializan en los créditos que conceden los proveedores de la entidad deportiva. Esta forma de crédito a corto plazo la llamamos crédito comercial.
• Recursos negociados en el exterior: son aquéllos que ofrecen las diversas entidades financieras a través de diferentes fórmulas entre las que destacamos fundamentalmente el préstamo, el descuento comercial, el factoring, el leasing, el empréstito, el crédito comercial, etc. Los recursos ajenos se pueden dividir en recursos a corto plazo y recursos a largo plazo.
• Fuente ajena a los recursos propios de la entidad de origen privado Donaciones. Hay que remarcar que las donaciones proceden del sector privado, generalmente de particulares o instituciones privadas que en principio no pretenden contraprestaciones económicas directas.
Ayudas y subvenciones. Tramitación de solicitudes de ayudas y subvenciones.
La regulación normativa de las subvenciones se encuentra en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su reglamento se ha desarrollado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Se entiende por subvención toda disposición dineraria realizada a favor de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:
a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.


























































































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