Page 47 - Manual auxiliarde conserje
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Es importante considerar que para que el/la Conserje ejerza
adecuadamente y con eficiencia su labor, el patrono debe dotarlo
correctamente de todos los implementos necesarios para ello, en
concordancia con las leyes laborales y de prevención de riesgos. En otras
palabras, el/la Conserje debe realizar sus actividades en las mejores
condiciones posibles de seguridad, y el patrono está en la obligación de velar
porque así sea. Es decir, cuando el/la Conserje no posea los implementos
necesarios de resguardo físico para ejercer sus funciones, debe exigírselos al
patrono, y éste está obligado por Ley a proveerlos; y de manera inversa, una
vez se ha dotado el/la Conserje de los aperos para realizar sus labores, no
tiene ninguna excusa el no utilizarlos para trabajar, exponiéndose a sanciones
derivadas de su conducta.
2. SERVICIOS Y TAREAS ESPECÍFICAS A REALIZAR
2.1. LIMPIEZA
• Limpieza de zonas comunes de la Comunidad tanto interiores como
exteriores.
• Limpieza de portal y escaleras según planificación.
• Recogida de las basuras a las horas estipuladas.
• Traslado de los cubos colectivos de basura en estado de llenos del
inmueble hasta el lugar destinado por las ordenanzas municipales para
su retirada por sus servicios; quedando la empresa obligada a poner los
medios necesarios para dicho traslado no así la recogida de cubos.
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