Page 5 - REGLAMENTO PARA ALUMNOS DE PREPARATORIA 2022 -2023 FINAL
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ARTÍCULO  9.-  La  inscripción,  reinscripción  y  demás  trámites  escolares  deberán  ser  efectuados
                  preferiblemente por el interesado, salvo en caso justificado en que podrán realizarlos sus padres,
                  tutor o apoderado designado, en los plazos señalados en las publicaciones hechas en los campus
                  respectivos, observando las fechas de inicio del ciclo escolar vigente.

                  ARTÍCULO 10.- Para los casos en que se solicite baja temporal o definitiva de un alumno, deberá ser
                  el  padre  o  tutor  del  alumno  quien  realice  personalmente  el  trámite,  salvo  caso  plenamente
                  justificado y comprobable, en el que la Subdirección Académica autorizará al padre, tutor o quien
                  lo represente legalmente, lo cual deberá acreditar en términos de ley, para proceder a la gestión.



                  ARTÍCULO 11.- DE LA FALSEDAD DE DOCUMENTOS ENTREGADOS POR ALUMNOS: El padre de
                  familia o tutor del alumno que presente documentos requeridos en la inscripción  reinscripción o
                  matriculación, así como de los datos proporcionados en la cédula respectiva,y que estos contengan
                  datos alterados y/o falsos de manera total o parcial,  se considerará su Inscripción nula y quedarán
                  sin efecto todas las consecuencias que deriven en beneficio del interesado y será dado de baja
                  definitiva del plantel. Por lo tanto el alumno acepta expresamente que la Preparatoria hartmann no  le
                  reconozca ninguna de las asignaturas, créditos o cualquier unidad de aprendizaje, sin tener derecho
                  alguno a solicitar reembolso o cualquier otro pago de naturaleza económica, y que queda exenta de
                  cualquier  otra  responsabilidad.    Así  mismo,  el  aspirante/alumno  que  haya  entregado  algún
                  documento falso quedará definitivamente inhabilitado para gestionar en la preparatoria, una nueva
                  inscripción o reinscripción y su caso será turnado al Departamento Jurídico de la preparatoria.


                                                        CAPÍTULO III
                                                  DE LOS PAGOS Y ADEUDOS

                  ARTÍCULO 12.- El alumno de nuevo ingreso, deberá cubrir los importes totales de:
                               INSCRIPCIÓN al 1er. semestre (agosto-enero).
                               Gasto administrativo anual del ciclo escolar vigente.

                        REINSCRIPCIÓNES

                        El alumno de nuevo ingreso deberá cubrir el importe respectivo de reinscripción al 3er.
                         Cuatrimestre (abril-julio), teniendo como fecha límite el 20 de marzo.

                      Al  pasar  a  los  siguientes  ciclos  escolares,  los  alumnos  avanzados,  las  reinscripciones  serán
                  anuales.

                  Los  conceptos  de  pago  mencionados  se  pagarán  de  acuerdo  a  los  tabuladores  vigentes  de  la
                  universidad.

                  ARTÍCULO 13. - Para el alumno avanzado, el periodo de reinscripción será del 01 al 10 de julio, en el
                  cual cubrirá su reinscripción anual correspondiente al ciclo escolar que vaya a cursar.
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