Page 6 - REGLAMENTO PARA ALUMNOS DE PREPARATORIA 2022 -2023 FINAL
P. 6

Todo alumno que al día 30 de junio tenga adeudos, no podrá reinscribirse al siguiente ciclo escolar
                  hasta que cubra la totalidad de la deuda generada y perderá el beneficio de beca o descuento de su
                  colegiatura para el siguiente ciclo escolar.

                  ARTÍCULO 14.- Invariablemente, el alumno deberá cubrir doce colegiaturas en el año en todos los
                  sistemas y modalidades que opera la universidad, para lo cual se establece la calendarización de
                  pagos en el tabulador anexo al presente reglamento y de conformidad a su contrato de inscripción
                  y reinscripción.

                  ARTÍCULO 15.- DEL GOCE DE BECA Y RECARGOS POR PAGO TARDIO: Para que el alumno goce del
                  beneficio de descuento sobre el pago de la colegiatura (beca) que se le haya asignado, deberá
                  acreditar ante la Subdirección Administrativa, el haber ingresado el importe total correspondiente,
                  a  las  cuentas  de  la  preparatoria,  dentro  de  los  primeros  diez  días  de  calendario  de  cada  mes,
                  entregando en este mismo plazo su comprobante de depósito que le será canjeado por el recibo
                  oficial, caso contrario, deberá sujetarse a las condiciones siguientes:

                         I.     Pagar entre el día 11 y hasta el último día del mes en curso: 10% de recargo.
                         II.    Pago posterior al término del mes en curso: 15% de recargo
                         III.   Por cada mes de atraso: 5% adicional de recargo.

                  Así  mismo,  los  alumnos  que  gocen  del  beneficio  de  beca  contraída  mediante  convenio  de
                  colaboración, deberán presentar ante la Subdirección Administrativa, en un término no mayor a 15
                  días naturales al inició de cada ciclo escolar, un escrito de vigencia signado por el titular de la
                  dependencia  o  instancia  con  quien  se  haya  establecido  el  acuerdo,  para  dar  continuidad  a  la
                  aplicación del descuento.

                  ARTÍCULO 16.- Para gozar del beneficio de beca en su colegiatura, el alumno deberá permanecer al
                  corriente con sus pagos, en caso de acumular 3 mensualidades de atraso, perderá, en ese ciclo
                  escolar, la beca que se le haya otorgado al inicio del mismo. Si el adeudo llegase a superar los 3
                  meses de atraso, se procederá a dar de baja al alumno en forma temporal y solo podrá solicitar ser
                  reintegrado hasta que cubra la totalidad del adeudo generado.

                  ARTÍCULO 17.-DE LA SUSPENSIÓN POR FALTA DE PAGO: Al alumno que se atrase en el pago de un
                  mes de colegiatura más los 10 días del mes siguiente, no se le permitirá la entrada a clases, así como
                  también se le revocará el derecho a presentar exámenes parciales o proyectos finales, lo que implica
                  que no tendrá derecho a calificación de la evaluación parcial o proyecto final (mismas que no serán
                  recuperables posteriormente).

                  ARTÍCULO  18.-  Los  pagos  realizados  por  transferencia  bancaria  que  realice  un  alumno,  serán
                  acreditados hasta comprobar el depósito en firme, motivo por el cual, se le hará entrega del recibo
                  oficial en un plazo máximo de 3 días hábiles posteriores a la fecha en que se haya realizado el
                  traspaso de fondos.  NO se aceptan pagos por medio de cheque y/o algun otro título de crédito.

                  ARTÍCULO 19.- Los pagos de inscripción o reinscripción y colegiaturas no son transferibles ni serán
                  devueltos por ningún motivo.

                  ARTICULO 20.- DE LA SOLICITUD DE BAJA: El alumno que opte por darse de baja, ya sea en forma
                  temporal o definitiva, deberá solicitarlo por escrito mediante el formato institucional, a la dirección
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10   11