Page 3 - REGLAMENTO ALUMNOS Ciclo 2022-2023
P. 3

REGLAMENTO DE ALUMNOS  2022-2023




                                                         CAPÍTULO I
                                              DEL ÁMBITO DE LA APLICACIÓN

                  ARTÍCULO 1.- El presente reglamento tiene por objeto regular las funciones académico-
                  administrativas de la Universidad Hartmann y su aplicación corresponde a las autoridades
                  de la Institución.

                  ARTÍCULO  2.-  Las  disposiciones  de  este  Reglamento  son  de  observancia  general  y
                  obligatoria  para  todos  los  alumnos  de  la  Universidad  Hartmann,  bajo  cualquiera  de  las
                  modalidades de impartición de educación vigentes.

                  ARTÍCULO 3.-La Universidad Hartmann imparte educación superior a través de planes y
                  programas de estudios con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, otorgado por la
                  autoridad competente en materia de educación de la Secretaría de Educación del Estado de
                  Guerrero.

                  ARTÍCULO 4.- Derogado.

                                                        CAPÍTULO II
                               DE LA ADMISIÓN, INSCRIPCIÓN Y REINSCRIPCIÓN DE ALUMNOS

                  ARTÍCULO 5.- Los trámites de inscripción o reinscripción, se llevarán a cabo en los períodos
                  y términos que marque la autoridad competente mediante publicaciones y avisos en los
                  campus respectivos.

                  ARTÍCULO 6.- Para ser inscrito  o reinscrito  en cualquier nivel  o modalidad de estudios,
                  deberán observarse las siguientes disposiciones:

                      a)  El alumno de Licenciatura podrá reinscribirse al siguiente ciclo escolar aun cuando
                         no haya aprobado, como máximo 2 materias del periodo que finaliza, en cuyo caso
                         deberá apegarse a los criterios dictados en el Artículo 43, Fracciones VII y VIII del
                         presente  ordenamiento.  El  aspirante  de  Licenciatura,  deberá  tener  acreditado
                         totalmente  el  nivel  de  educación  inmediato  anterior,  que  se  requiera  como
                         antecedente  y  cumplir  con  los  demás  requisitos  establecidos  en  el  presente
                         reglamento.  En  caso  de  nuevo  ingreso,  además  deberá  entregar  los  siguientes
                         documentos:

                         I.   Solicitud  de  inscripción  debidamente  requisitada,  en  la  cédula  que  para  tal
                             efecto es proporcionada por la Subirección de Promoción y Vinculación.
                         II.  Original  y  tres  copias  fotostáticas  del  Acta  de  Nacimiento,  en  el  formato
                             actualizado.
   1   2   3   4   5   6   7   8