Page 24 - REVISTA PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
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Las entidades que paguen o abonen los
                                                                rendimientos financieros informarán a sus
                                           Entidades           ahorradores personas naturales o sucesiones
                                           financieras                ilíquidas, el valor no gravado




                                                                   Que emitan tarjetas de crédito deberán
                                                                informar anualmente en medios magnéticos
                                                                      los datos de sus cuentahabientes,
                                                                   tarjetahabientes, ahorradores, usuarios,
                                                                   depositantes o clientes, relativos al año
                                                                     gravable inmediatamente anterior


                                                                   nombres y apellidos de quienes hayan
                                                                   realizado consignaciones, depósitos,
                                                                captaciones, abonos, traslados y en general,
                       Deberes y                                  movimientos de dinero cuyo valor anual
                    obligaciones de                              acumulado sea superior a ($880.300.000)
                      información
                     (art. 622, E.T.)      Las entidades
                                          vigiladas por la
                                          superfinanciera          nombres y apellidos de quienes hayan
                                                                realizado adquisiciones, consumos, avances
                                                                 o gastos con tarjetas de crédito, cuando el
                                                                   valor anual acumulado sea superior a
                                                                              ($11.900.000)


                                                                  nombres y apellidos de quienes hayan
                               Información de los               efectuado ventas o prestación de servicios
                                    notarios                     cuando el valor anual acumulado sea de
                                                                              (71.300.000)



                        deberán informar anualmente,
                         los apellidos y nombres que           informar a la Dirección de Fiscalización de la
                        durante el año inmediatamente         Administración de Impuestos de la jurisdicción
                             anterior, efectuaron           aquellos casos en los cuales los estados financieros
                          enajenaciones de bienes o         arrojen una utilidad, antes de impuestos, que exceda
                             derechos superior a             en más de un 40% la renta líquida que figure en la
                        ($27.200.000) (art. 629, E.T.)          declaración de renta y complementarios que
                                                            corresponda al estado financiero del mismo período.
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