Page 24 - REVISTA PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
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Las entidades que paguen o abonen los
rendimientos financieros informarán a sus
Entidades ahorradores personas naturales o sucesiones
financieras ilíquidas, el valor no gravado
Que emitan tarjetas de crédito deberán
informar anualmente en medios magnéticos
los datos de sus cuentahabientes,
tarjetahabientes, ahorradores, usuarios,
depositantes o clientes, relativos al año
gravable inmediatamente anterior
nombres y apellidos de quienes hayan
realizado consignaciones, depósitos,
captaciones, abonos, traslados y en general,
Deberes y movimientos de dinero cuyo valor anual
obligaciones de acumulado sea superior a ($880.300.000)
información
(art. 622, E.T.) Las entidades
vigiladas por la
superfinanciera nombres y apellidos de quienes hayan
realizado adquisiciones, consumos, avances
o gastos con tarjetas de crédito, cuando el
valor anual acumulado sea superior a
($11.900.000)
nombres y apellidos de quienes hayan
Información de los efectuado ventas o prestación de servicios
notarios cuando el valor anual acumulado sea de
(71.300.000)
deberán informar anualmente,
los apellidos y nombres que informar a la Dirección de Fiscalización de la
durante el año inmediatamente Administración de Impuestos de la jurisdicción
anterior, efectuaron aquellos casos en los cuales los estados financieros
enajenaciones de bienes o arrojen una utilidad, antes de impuestos, que exceda
derechos superior a en más de un 40% la renta líquida que figure en la
($27.200.000) (art. 629, E.T.) declaración de renta y complementarios que
corresponda al estado financiero del mismo período.