Page 26 - REVISTA PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
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Personas o
entidades que deberán informar anualmente, los apellidos
elaboran y nombres, trabajos realizados en el año
Deber de conservar facturas o inmediatamente anterior. Cuando el
informaciones y documentos patrimonio bruto supera los (185.400.000)
pruebas: las personas o equivalentes deberá presentarse por medios magnéticos.
entidades, contribuyentes (art. 629-1, E.T.)
o no contribuyentes de los Es obligación del juez, en
mismos, deberán Información de todo proceso ejecutivo de
conservar por un período los jueces civiles mayor cuantía, dar cuenta a la
mínimo de cinco (5) años, DIAN, de los títulos valores
contados a partir del 1o. presentados.
de enero del año siguiente
al de su elaboración, El Director de DIAN podrá
solicitar a personas o
expedición o recibo, entidades, una o varias de la
documentos, información sigueinte infomación
y pruebas (art. 632, E.T.)
Apellidos y nombres de las
personas o entidades que
sean socias, accionistas,
cooperadas, comuneras o
asociadas de la respectiva
entidad
Deberes y Apellidos y nombres de las
obligaciones Para estudios y personas o entidades a quienes
de cruces de se les practicó retención en la
información información y el fuente
cumplimiento de Apellidos y nombres de las
otras funciones personas o entidades que les
(art. 631, E.T.)
hubieren practicado retención
en la fuente
Apellidos y nombres de cada
uno de los beneficiarios de los
pagos que dan derecho a
descuentos tributarios
Información en Apellidos y nombres de cada uno de los
medios magnéticos: Obligación de beneficiarios de pagos o abonos, que
Para efectos del envío informar los constituyan costo, deducción o den
estados
de la información que derecho a impuesto descontable en los
financieros
deba suministrarse en consolidados cuales el valor acumulado del pago o
medios magnéticos, la abono en el respectivo año gravable sea
por parte de los
DIAN prescribirá las Grupos superior a ($19.100.000)
especificaciones Empresariales A más tardar el treinta (30) de junio
técnicas que deban de cada año, deberán remitir en
cumplirse (art. 633, medios magneticos a la DIAN, sus
E.T.). estados financieros consolidados y
anexos.