Page 62 - Reglamento Interno BOUDICA
P. 62

l.  La  mascota únicamente  podrá  permanecer  durante  la  vigencia  del
                                    contrato, posterior a ella no podrá tener mascota en el condominio.
                                m.  Los  propietarios  serán  los  responsables  de  que  se  recojan  los
                                    excrementos dejados afuera de su propiedad.
                                n.  Si una mascota ensucia la casa de un vecino y su dueño no limpia, se
                                    multa al dueño de la mascota.
                                o.  Si a pesar de todas las precauciones un perro muerde a una persona
                                    es recomendable ir al hospital inmediatamente llevando la libreta de
                                    vacunas  de  la  mascota.  El  propietario  deberá  cubrir  los  gastos
                                    médicos que causen las lesiones, la administración en comunicación
                                    con  la  Mesa  Directiva  deberá  analizar  el  daño  causado  y  si  es
                                    necesario  se  podrá  cancelar  la  autorización  de  que  esa  mascota
                                    permanezca en el Condominio.
                                p.  Es responsabilidad del propietario, que toda mascota debe tener una
                                    identificación en su collar (dueño y número de teléfono).
                                q.  Los dueños de mascotas serán los responsables de que no produzcan
                                    ruidos  excesivos,  en  caso  de  queja  repetida  de  vecinos  el
                                    Administrador y/o la Mesa Directiva decidirá que se retire la mascota
                                    del condominio dentro de 24 horas.
                                r.  Cualquier condómino o inquilino que no cumpla con lo establecido en
                                    este reglamento se hará acreedor a una sanción económica por cada
                                    incumplimiento por la cantidad de $1,000.00 (Un mil pesos 00/100
                                    M.N).
                                s.  Ninguna mascota puede introducirse a la alberca o carril de nado.
                                t.  Ninguna  mascota  puede  subirse  o  permanecer  en  las  camas
                                    asoleadoras o camastros.
                                u.  El administrador, y los elementos de seguridad podrán retirar de las
                                    áreas a toda mascota y hacer valer el presente reglamento.


                  C. USO DE ALBERCA
                                a)  El uso es exclusivo para residentes que se encuentren al corriente en
                                    cualquier cuota establecida por el Condominio.

                                b)  En  caso  de  los  propietarios  que  arrenden  su  departamento,  éstos
                                    ceden los derechos al inquilino, por lo que el propietario queda sin
                                    derecho al uso de las instalaciones.

                                c)  El horario establecido para uso de esta área es de martes a domingo
                                    de 05:00 a 23:00 horas. Los días lunes el área se mantendrá cerrada
                                    para poder realizar mantenimiento.

                                d)  En todo momento se tendrá que vestir traje de baño.

                                e)  Por higiene el usuario deberá tomar un baño previo a su ingreso a la
                                    alberca.
                                f)  Los  niños  menores  de  12  años  deberán  permanecer  en  la  alberca
                                    acompañados siempre por un adulto.
   57   58   59   60   61   62   63   64   65   66   67