Page 19 - MANUAL DE PRESUPUESTO MUNICIPAL (1)
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       Es de especial importancia, precisar que la inobservancia de cualquiera de estos

               principios presupuéstales de ley ocasionarán la ilegalidad del documento de Planeación Financiera.


                             Actores del Proceso Presupuestal en un Ente Territorial. Son actores del sistema


               presupuestal,  El  Alcalde,  el  Concejo  Municipal,  la  Secretaría  de  Hacienda,  la  Secretaría  o

               Departamento de Planeación y el Consejo Municipal de Política Fiscal “COMFIS”.

                             El Alcalde. Corresponde al Alcalde coordinar la iniciativa del gasto así como su


               ejecución,  velando  por  la  coherencia  de  éste  con  las  prioridades  del  Plan  de  Desarrollo.  Sus

               funciones en materia presupuestal, de acuerdo a la Constitución Política, el Estatuto Orgánico de


               Presupuesto son:

                              Presentar  oportunamente  al  Concejo  Municipal  el  Proyecto  de  Acuerdo  sobre


               presupuesto anual de rentas y gastos.

                              Ordenar los gastos de acuerdo con el plan de inversión y el presupuesto de gastos

               de funcionamiento.


                              Sancionar y promulgar el Acuerdo de Presupuesto que hubiere aprobado el Concejo

               Municipal y objetarlo si lo considera inconveniente o contrario al ordenamiento constitucional o


               legal.

                              Celebrar  los  contratos  y  convenios  Institucionales  de  acuerdo  con  el  Plan  de


               Desarrollo y con el presupuesto anual, observando las normas jurídicas aplicables.

                              Autorizar  la  expedición  de  certificados  de  disponibilidad  presupuestal,  de  las


               distintas áreas administrativas de la Municipalidad.

                             El Concejo Municipal. Esta Corporación Administrativa está encargada de aprobar


               el presupuesto de ingresos y  gastos oportunamente presentados por el Alcalde. Sus funciones son:







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