Page 23 - MANUAL DE PRESUPUESTO MUNICIPAL (1)
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1.1.7 Etapa de Liquidación del Presupuesto y Elaboración del Presupuesto de
Tesorería o PAC.
Una vez sancionado el presupuesto por el Ejecutivo Municipal es necesario antes de la
terminación del año, elaborar el Decreto de Alcaldía para la liquidación del mismo y el Decreto de
Alcaldía, adoptando El Plan Anual Mensualizado de Caja “PAMC”, o Presupuesto de Tesorería
para la vigencia fiscal siguiente. Estos dos Actos Administrativos deben tener como fecha límite
el 31 de diciembre del año que termina.
1.1.8 Etapa de Ejecución Presupuestal
La primera tarea a principio de la vigencia fiscal es modificar el Presupuesto que se va a
comenzar a ejecutar, con los resultados del cierre de la vigencia del año que recién termina. Solo
así queda completo el documento financiero que se ejecutará entre el 1º de enero y el 31 de
diciembre de cada vigencia y durante la misma se pueden realizar los movimientos
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presupuéstales de ley de acuerdo a la dinámica que la ejecución imprima a los distintos
componentes de ingresos y gastos.
Para el orden y la mejor organización de esta etapa es para lo cual se creó el Plan Anual
Mensual izado de Caja “PAC”.
1.1.9 Etapa de Evaluación y Seguimiento a la Ejecución Presupuestal.
Se realiza desde el primer momento en que se inicia la etapa de ejecución y se deben
monitorear los resultados de lo realizado frente a lo presupuestado al final de cada uno de los meses
de la vigencia fiscal.
13 Los movimientos presupuestales a través de traslados entre rubros realizados por acto administrativo
firmado por el Alcalde, permiten los ajustes al presupuesto de gastos para la ejecución de los compromisos
firmados fruto de la negociación de los Acuerdos Colectivos.
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