Page 79 - MANUAL DE PRESUPUESTO MUNICIPAL (1)
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Es importante precisar que a criterio del “COMFIS”, del Secretario de Hacienda o del

               Alcalde  Municipal,  mediante  Acuerdo  municipal,  se  podrá  amarrar  para  una  destinación


               específica, parte de  los Ingresos Corrientes de Libre Destinación.

                      4.1.5  Ingresos de Destinación Específica.


                      Son ingresos amarrados a un determinado gasto de inversión, de conformidad con las Leyes

               715 de 2001 y 1176 de 2007, en desarrollo de los Artículos 356 y 357 de la Constitución Nacional


               o mediante Acuerdo y/o acto administrativo de cada ente territorial.

                      Están constituidos especialmente por la transferencia de recursos de la Nación y con los


               recursos propios destinados a inversión. Los más representativos lo constituyen las estampillas, la

               sobretasa  bomberil,  el  5%  por  contratos  de  obra  pública  con  destino  al  Fondo  Municipal  de


               Seguridad,  por  concepto  de  Plusvalía,  Fondo  Municipal  de  Gestión  del  Riesgo,  Sobretasa

               Ambiental.

                      4.1.6  Recolección De Información Puntual para el Presupuesto de Gastos.


                      El proceso de elaboración del presupuesto de gastos involucra, en primer término a todos

               los Secretarios del Despacho; a la Secretaría de Hacienda, a quien compete todo lo concerniente a


               las rentas y recursos de capital así como también al funcionamiento y servicio de la deuda; y a la

               Secretaría de Planeación, área responsable de lo atinente a la inversión,  observando coherencia


               con el Plan de Desarrollo Municipal, el Plan Financiero, el Plan Operativo Anual de Inversiones

               “POAI”,  y  con las fuentes que cubrirán su financiamiento.


                      Así mismo, en segundo término, involucra a las distintas dependencias y secciones que

               integran la estructura orgánica de la empresa, quienes deben suministrar la información pertinente


               a  la  Secretaría  de  Hacienda  y  a  la  Secretaría  o  Dirección  de    Planeación,  en  los  formularios

               dispuestos para tal fin por estos dos organismos rectores.




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