Page 80 - MANUAL DE PRESUPUESTO MUNICIPAL (1)
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4.1.7 Gastos de Funcionamiento.
Para elaborar el anteproyecto de presupuesto, los órganos ejecutores deben seguir
parámetros y metodologías trazados por la Secretaría de Hacienda y la Secretaría o Dirección de
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Planeación. Los formularios definidos incluirán información de los Gastos de Funcionamiento ,
Servicios Personales; Gastos Generales y transferencias que cada Secretaría o Dirección considere
necesario para cumplir su gestión en la vigencia fiscal correspondiente.
Cada una de las Secretarías de Despacho del Municipio diligenciará el Cuadro No.9.1,
atendiendo al cálculo del valor de los servicios personales de su dependencia, incluyendo a renglón
seguido los valores correspondientes a las deducciones de nómina que por cualquier naturaleza sea
de obligatorio cumplimiento, que pertenecen al subgrupo de gastos de funcionamiento,
denominado transferencias.
De igual manera, en sesiones de trabajo con cada Secretario de Despacho, se calculará el
valor de los gastos generales que requieran para su normal funcionamiento, pudiendo obtenerse de
esta manera el plan de compras para el año de ejecución del presupuesto en elaboración.
Se procede de tal forma que se identifique por Secretaría la cuantía de sus necesidades tanto
de elementos de consumo, como de servicios. Debe establecerse promedios de consumo por
Secretaría y por persona, de forma diaria, semanal, mensual y desde luego anual. De forma similar
debe procederse a proyectar los gastos correspondientes a mantenimiento, arrendamientos,
vigilancia, aseo, viáticos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y cualquier otro que sea necesario para
el normal funcionamiento del ente territorial.
21 Una vez firmado los Acuerdos Colectivos, los negociadores sindicales deben hacer llegar dichos
Acuerdos al Secretario de Hacienda, para que tenga en cuenta el costo fiscal de los Acuerdos en el
anteproyecto de presupuesto para la vigencia siguiente o subsiguientes si los Acuerdos son por más de
dos años.
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