Page 83 - MANUAL DE PRESUPUESTO MUNICIPAL (1)
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A continuación, se realiza la revisión final a la matriz de gastos, se  consolidan los

               totales verticales y horizontales y se procede a su evaluación, precisando que los primeros


               representan los gastos del año siguiente por concepto del gasto y los segundos representan el

               presupuesto de gastos asignados a cada una de las unidades y demás dependencia de la empresa.


                      4.1.11  Confrontación entre Ingresos Corrientes y Gastos Corrientes o de

               Funcionamiento.


                      Se entiende como el proceso mediante el cual se confronta la información contenida en

               la matriz presupuestal de ingresos con la contenida en la matriz presupuestal de gastos, en los


               distintos  usos  de  los  ingresos  en  la  aplicación  correcta  de  los  renglones  de  gastos;  para

               garantizar que no queden desfinanciados, se  deben realizar los ajustes pertinentes a la norma


               y eficiencia administrativa.

                      4.1.12  Elaboración del Proyecto de Presupuesto para la Entidad.

                      A  renglón  seguido,  se  pasa  la  información  contenida  en  la  Matriz  presupuestal  de


               ingresos, al artículo primero del proyecto de presupuesto  y la información contenida en la

               matriz presupuestal de gastos, al artículo segundo del proyecto de presupuesto y seguidamente


               en el artículo tercero se presentan las disposiciones generales, las cuales se consideran  normas

               complementarias del estatuto de presupuesto tendientes a asegurar su correcto manejo. Rigen


               únicamente durante el año fiscal para el cual se expiden y por medio de ellas no se pueden crear

               nuevas rentas, ni abolir las existentes, ni crear recursos del crédito permanentes, ni disponer


               nuevos gastos, ni modificar o derogar normas vigentes.

                      En  estas  disposiciones  generales  se  otorgan  o  prohíben  facultades  al  Alcalde,


               especialmente en lo relacionado con las operaciones de crédito, los préstamos de tesorería y

               los distintos movimientos presupuéstales: adiciones, disminuciones y traslados.










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