Page 5 - LIBRO LEGISLACION )GABRIELA GARCES)
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Descripción del artículo 123
El artículo 123 nos habla acerca de los derechos que tenemos como trabajadores,
el cual menciona que todo trabajo debe ser digno. Habla que todo trabajo debe
tener una duración de 8 horas máximas, en horario nocturno será de 7 horas, en
caso de menores de 16 años queda prohibido horario después de las 10 de la
noche, trabajos pesados, peligrosos o forzados, y en caso de estos menores su
jornada será de 6 horas.
De manera general por cada 6 días de trabajo el operario tendrá derecho a un día
de descanso, cuando menos.
Durante el embarazo las mujeres no podrán realizar esfuerzos considerables, o
que sean de riesgo para su integridad física y la de su bebé, también podrá gozar
de incapacidad de 6 meses antes del alumbramiento y 6 semanas más posteriores
a este, con salario íntegro y mantendrá su empleo.
Los salarios mínimos correspondientes tienen que ser suficientes para cubrir las
necesidades de un jefe de familia, para el material, social y cultural, así como
podrá cubrir la educación obligatoria de los miembros de su familia (hijos).Dichos
salarios son fijados por la comisión nacional integrada por representantes de los
trabajadores, patrones y gobierno.
Todo trabajador tiene derecho a una participación en las utilidades de la empresa,
las cuales la comisión nacional integrada por dichos representantes serán quienes
fijen el porcentaje de las utilidades a repartir entre los trabajadores, realizando los
estudios necesarios para conocer las condiciones generales de la economía
general, la comisión revisara el porcentaje fijado cuando existan nuevos estudios e
investigaciones que lo justifiquen.
La ley exceptúa de obligación a repartir utilidades a las empresas de nueva
creación por cierto número de años.Para determinar las utilidades se toma como
base la renta gravable del impuesto sobre la renta (ISR).
El salario debe pagarse en moneda de uso o legal.