Page 8 - LIBRO LEGISLACION )GABRIELA GARCES)
P. 8

Las personas que son las prestadoras de servicios serán exclusivamente por el
                  tiempo en que el transporte se encuentre en estación de trabajo.
                  La relación de trabajo por viaje comprenderá el término contando desde la salida
                  del trabajador hasta concluir la descarga del material o el desembarque de
                  pasajeros en el puerto o estación que convenga.

                  La falta de asistencia del trabajador en los viajes o no lo realice por:

                  Encontrarse el trabajador en estado de embriaguez en horas de servicio, durante
                  el viaje.

                  Usar narcóticos o drogas enervantes durante su permanencia a bordo, sin
                  prescripción médica.

                  La violación de las leyes en materia de importación o exportación de mercancías
                  en el desempeño de sus servicios.

                  Ningún  trabajador  deberá  subir  o  bajar  mercancía  o  pasajeros  fuera  de  los
                  destinos asignados, para evitar el manejo ilegal de cualquier de estos anteriores
   3   4   5   6   7   8   9   10   11   12   13