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En cuanto a su rasgo interdisciplinario es de vital importancia comprender que el trabajo del
criminólogo coincide con otras áreas que estudian a la conducta antisocial como la Psicología
Criminológica, la Criminalística, la Victimología, el Derecho Penal, la Medicina Legal, entre otras que
tienen como finalidad teleológica la prevención.
Un cariz científico en donde la prevención deje de ser pasiva, es decir en donde los
instrumentos son establecidos para dar información, pero no para establecer los elementos que
posibiliten evitar la concreción de la conducta antisocial, incluida su expresión más grave: el delito.
De esta forma, es necesario plantear la participación de la Criminología en las actividades
realizadas por uno de los entes jurídicos fundamentales en el desarrollo económico de un Estado: la
Empresa. Precisamente, el objetivo de tratar el tema responde a recientes situaciones que colocan a
la empresa en una situación vulnerable frente al derecho penal, generando riesgos que pueden ser
previsibles y provisibles.
Entonces, la Criminología debe revestir una dinámica diferente dentro del ámbito corporativo
para dirigir el trabajo de prevención criminológica de los riesgos en la empresa. Sin embargo, no
haremos referencia a una Criminología empresarial o corporativa, sino a la Criminología aplicada a la
prevención dentro de la empresa.
Si bien es cierto la situación no es nueva y han existido intentos de un abordaje desde
Sutherland con sus tan conocidos delitos de cuello blanco, lo que hoy se conoce como la
delincuencia económica, hasta abordar temas como los referidos a los programas de compliance y
los riesgos en los que se coloca la empresa y que requieren de todo un plan estratégico de
prevención.
En este sentido nos encontramos en el marco de lo que se conoce como la delincuencia
económica, pero qué significado tiene, cuál es el alcance de su contenido y, pertenece al campo
jurídico o al criminológico. Al respecto Viladàs Jené refiere que existen a dos corrientes de
investigación:
La primera, marcadamente teórica, se propone estudiar la criminalidad económica en el
marco de una sociedad dividida en clases, como fenómeno inherente al sistema económico o modo
de producción adoptado en ese tipo de sociedad. Pavarini, integrado en la denominada «nueva
escuela de Bolonia», inscribe un importante artículo (1975) en esta orientación doctrinal. La segunda
aborda la criminalidad económica desde la perspectiva de la reacción social, analiza las diferencias
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