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AGOSTO 2017


                         CONSULTAS DE LOS                         ¿SON OBLIGATORIAS

                         SUSCRIPTORES                              LAS SEÑALES DE UN
                                                                                      SEÑALERO?


          CUESTIÓN PLANTEADA:
             l día XXX, tuve un incidente con un señalero        descuidar la vigilancia a bordo de las aeronaves
         Ecuando intentaba ayudarme aparcar en el es-            en vuelo, sea cual fuere el tipo de vuelo o la cla-
          tacionamiento número XX que se me había asig-          se de espacio aéreo en que vuele la aeronave,
          nado. Seguí al coche FOLLOW ME hasta las inme-         ni mientras circule en el área de movimiento de
          diaciones de dicho puesto, y el señalero bajó para     un aeródromo.
          continuar con su labor. Había muchos vehículos en  •   Adjunto 5 RCA. 5.1.1: Antes de utilizar las se-
          las inmediaciones y consideré que no era seguro        ñales siguientes, el señalero  se asegurará  de
          seguir avanzando sin que hubiera más ayuda por         que el área a la cual ha de guiarse una aerona-
          parte del señalero, por lo que requerí que me pu-      ve está libre de objetos que ésta última podría
          sieran otro señalero en la punta del plano, a lo que   golpear...
          tengo derecho. Se negaron a ello, por lo que, en       La forma de muchas aeronaves es tal que no
          aplicación de las responsabilidades que me otor-       siempre puede vigilarse visualmente desde el
          ga la Ley sobre Navegación Aérea, decidí detener       puesto de pilotaje  la trayectoria  de los extre-
          el avión. El señalero se quejó aparatosamente re-      mos de las alas, motores u otras extremidades,
          clamando a la Torre que me dijera que obedeciera       mientras la aeronave maniobra en tierra.
          sus instrucciones. Este incidente ha provocado una  •  SERA 3301: c) Un señalero/encargado de se-
          carta de queja del Jefe de la División de Operacio-    ñales será responsable de proporcionar  a las
          nes del Aeropuerto, dirigida a mi Compañía.            aeronaves, en forma  clara y  precisa, señales
                                                                 normalizadas para maniobrar en tierra, utilizan-
          CONTESTACIÓN                                           do las señales que se indican en el apéndice 1.
          Estimado amigo: No cabe duda de la importancia  Es importante la colaboración de los señaleros, co-
          de los señaleros como ayuda fundamental en los  laboración,  por cierto, que se realiza  previo  pago
          aeropuertos. Pero si un Comandante no está se-     de unas tasas aeroportuarias, por lo que esa cola-
          guro de que las indicaciones del señalero sean su-  boración se transforma en servicio. En el caso que
          ficientes para maniobrar con seguridad, debe de-   nos ocupa, tú,  como Comandante, no estabas de
          tener el avión, por muy enfadado que pueda estar   acuerdo con la maniobra que el señalero pretendía
          aquel,  cuya responsabilidad no excede  de hacer   sugerir, pues la cercanía de vehículos hacía nece-
                                                             saria una colaboración mayor, es decir, la presencia
          indicaciones  normalizadas “para ayudar a  que el   de otro señalero en la punta del plano. Si le hubie-
          Comandante aparque”, nunca para obligar al Co-     ras hecho caso y la punta del ala hubiera rozado
          mandante a hacerlo.                                con un vehículo, la responsabilidad principal sería
          Los señaleros  deben  saber que el Comandante  tuya por haberle hecho caso, en contra de tus apre-
          ejerce las funciones de Policía de la Circulación  ciaciones, y no del señalero que simplemente ten-
          Aérea, junto a los Jefes de Aeropuerto, por lo que  dría una responsabilidad limitada (ofrecer señales
          están obligados a cumplir y hacer cumplir cuantos   normalizadas)
          reglamentos, disposiciones y normas permanentes  Por otra parte, las decisiones de un Comandante
          y eventuales tiendan a conseguir una rápida, orde-  de Aeronave, son actos profesionales  facultativos
          nada y segura circulación de aeronaves, tanto en   amparados por el título aeronáutico que ostentan, y
          vuelo como en tierra (artículos 142 y 143 de la Ley   no pueden ser forzadas bajo ningún concepto, pues
          sobre Navegación Aérea). También hay que recor-    con ellas se pretende asegurar la operación para
          dar algunos puntos importantes del RCA:            evitar daños propios y a terceros.
                                                             Las funciones de colaboración del señalero no es-
          •  2.2.2. (Cumplimiento del Reglamento del Aire)   tán suficientemente reguladas ni publicadas (en el
             establece que la operación de aeronaves, tanto  BOE) como para tener una referencia jurídica válida
             en vuelo como en el área de movimiento de los   de cuáles son sus cometidos y hasta dónde llegan
             aeródromos, se ajustará a las reglas generales.  sus responsabilidades.  Entretanto, considero  que
          •  2.2.4. El piloto al mando de la aeronave tendrá  la responsabilidad de un Comandante de Aeronave
             autoridad decisiva en todo lo relacionado con   en la plataforma está por encima de apreciaciones,
                                                             enfados  y supuestos  mandatos  de un señalero,
             ella, mientras esté al mando de la misma.       cuyo esfuerzo se agradece, pero que está siempre
          •  2.3.2. Prevención de colisiones: Es esencial,   y en todo caso a expensas de las decisiones lógicas
             con objeto de prevenir posibles colisiones, no  y responsables del Comandante.
                                                                                                   AEROLEY  11
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