Page 6 - Revista Digital_Neat
P. 6

DERECHO SUBJETIVO: PRESUPUESTO DE LA

                                    RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
                                                                         "vecinal",     "policial",   que
                  La responsabilidad pública constituye                  determinará             variantes
                  el presupuesto sustantivo del derecho                  procesales, siempre dentro del
                  subjetivo. El derecho subjetivo es un                  común  denominador  público
                  presupuesto  de  la  responsabilidad                   que la califica.
                  pública.  Toda  responsabilización  o
                  imputación  de  deberes  a  un  sujeto             b)  Por  el  origen:  La  relación
                  jurídico  pasivo,  cualquiera  que  sea,               jurídica - pública debe emerger
                  requiere    como     contrapartida     la              de  un  título  vinculativo.  Tal
                  legitimación sustancial y procesal del                 título,  que  enlaza  a  las  partes
                  sujeto jurídico activo. Los sujetos son:               de  la  relación,  puede  ser  de
                  Estado,     e    individuo,    o,   más                origen estatutario (por ejemplo,
                  específicamente,         Administración                Constitución,     ley    decreto,
                  Pública y administrados.                               reglamento)  o  voluntario  (por
                                                                         ejemplo,                contrato,
                  En toda relación jurídica tenemos dos                  cuasicontrato,       precontrato,
                  sujetos: uno activo titular del derecho                acto unilateral).
                  y  otro  pasivo,  titular  del  deber
                  correlativo  de  aquel.  Esta  distinción       Los derechos, según la intensidad de
                  también impera en la relación jurídico          su  protección  y  particularidad  o
                  administrativa,        aunque         los       exclusividad con que se les confiera,
                  presupuestos  de  la  misma  no  son            se clasifican en:
                  idénticos a los de la relación jurídico            ·  Derecho subjetivo
                  privada.                                           ·  Interés legítimo
                                                                     ·  Interés simple
                         Tipos de relación
                      a)  Por la Regulación: En cuanto            El  Derecho  subjetivo,  implica  la
                         al        aspecto          formal        predeterminación  de  la  conducta
                         reglamentario  de  la  relación          administrativa  debida  a  un  individuo
                         jurídica,  el  tipo  sustantivo  de      en situación de exclusividad. Se trata
                         regulación     determina      sus        de     una       actividad     humana,
                         diversos                modelos.         imperativamente  protegida.  Genera
                         Efectivamente,  conforme  al             un  interés  propio,  excluyente,  de
                         contenido     prestacional,     la       titularidad  diferenciada,  que  habilita
                         relación puede ser de derecho            para  exigir  una  prestación  también
                         "tributario",       "previsional",       diferenciada.  Es  la  figura  subjetiva
                         "aduanero",          "municipal",        activa  por  excelencia,  que  se  edifica
                         "laboral",          "consorcial",
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10   11