Page 4 - MANUAL DE CONVIVENCIA
P. 4
7. Que el Decreto 1286 de 2005 establece la participación de los Padres de Familia, a
través de Asociaciones de Padres y Consejos de Padres.
8. Que el presente Manual de Convivencia fue elaborado y unificado a partir de la
participación y consolidación de los trabajos realizados por todos y cada uno de los
Jardines y Colegios Navales de la Armada Nacional.
9. Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto Único del Sector de la Educación,
Decreto 1075 del 26 de mayo de 2015.
RESUELVE
ARTÍCULO 1- Adoptar el presente Manual de Convivencia para el año lectivo 2016,
instrumento válido que contiene los deberes, derechos, normas, procedimientos para la
convivencia escolar, consecuencias formativas y lineamientos que regirán el buen
desarrollo de la vida académica, social, moral y de convivencia de toda la comunidad
educativa de los Jardines y Colegios Navales de la Armada Nacional.
ARTÍCULO 2- Dar a conocer el presente Manual de Convivencia a través de la agenda
escolar, reuniones y conversatorios para su estricto e inmediato cumplimiento. El presente
Manual debe ser publicado y dado a conocer, a partir del 3 de diciembre del año 2015para
información de los padres de familia y estudiantes, antes del proceso de matrículas.
ARTICULO 3-Derogar el Manual de Convivencia del año Lectivo 2015, a partir del 3 de
Diciembre de 2015.
ARTÍCULO 4-El presente Manual de Convivencia empezará a regir a partir del 3 de
diciembre del año 2015.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Vicealmirante CESAR AUGUSTO GÓMEZ PINILLOS
Jefatura de Desarrollo Humano y Familia.
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN –COLEGIOS NAVALES ARMADA NACIONAL 217