Page 10 - Bases y Fundamentos del MESCP II
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5.  Estado Plurinacional

                  Bolivia  se  constituye  en  un  Estado  Unitario  Social  de  Derecho  Plurinacional
                  Comunitario,     libre,   independiente,    soberano,     democrático,     intercultural,
                  descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo
                  político,  económico,  jurídico,  cultural  y  lingüístico,  dentro  del  proceso  integrador
                  del  país.  Ante  este  escenario  político  impulsado  por  la  aprobación  popular  en
                  diciembre  de  2009,  Cejis  tiene  como  Desafío   articular  con  nuevos  sectores
                  sociales, en el marco del pleno ejercicio de ciudadanía, para la construcción del
                  Estado Plurinacional. Asimismo, la Meta que persigue la institución es fomentar la
                  alianza  entre  sectores  sociales  urbanos  y  rurales  con  agendas  convergentes/
                  complementarias en torno a la formación y el funcionamiento de las instituciones
                  básicas  del  Estado  Plurinacional  y  al ejercicio de  derechos  sociales  y  políticos.
                  El  Estado  se  denomina  unitario  porque  resguarda  la  integridad  del  territorio
                  nacional  y  garantiza  la  unidad  entre  los  bolivianos.  Es  comunitario  porque
                  revaloriza las diversas maneras de vivir en comunidad, sus formas de economía,
                  de organización social, política y la cultura, instituye los principios de solidaridad,
                  reciprocidad,  complementariedad  y  de  una  mejor  distribución  de  la  riqueza  con
                  equidad  y  porque  asume  y  promueve  como  principios  éticos  -morales,  aquellos
                  que rigen la vida en comunidad de las naciones y pueblos indígenas originarios
                  campesinos.  Es  plurinacional  porque  reconoce  el  pluralismo  como  principio,  el
                  pluralismo  político,  reconoce  diferentes  formas  de  democracia,  la  liberal  y  la
                  comunitaria  y  la  composición  de  los  poderes  del  Estado  respetando  la
                  preexistencia  de  las  naciones  y  pueblos  indígenas  originarios  campesinos.  El
                  pluralismo  económico  reconoce  cuatro  formas  de  organización  económica:  la
                  comunitaria, la estatal, la privada, y la social cooperativa. El pluralismo institucional
                  reconoce una estructura territorial donde existen formas diferentes de organización
                  institucional:  departamentos,  municipios,  provincia  y  la  autonomía  indígena.
                  Que este modelo de Estado sea descentralizado y con autonomías significa que la
                  organización  institucional  del  mismo  toma  en  cuenta  la  distribución  de  poder
                  público  a  nivel  territorial,  porque  existen  todavía  departamentos  con  un régimen
                  descentralizado  y  otros  que  accederán  de  manera  más  rápida  a  la  autonomía
                  plena. En el caso de las autonomías, las formas de organización territorial ejercen
                  derechos (atribuciones y competencias) que antes pertenecían al Estado central,
                  dada  la  existencia  precolonial  de  las  naciones  y  pueblos  indígena  originario
                  campesinos  y  su  dominio  ancestral  sobre  sus  territorios,  se  garantiza  su  libre
                  determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a
                  la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones
                  y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y
                  la Ley. La estructura del nuevo modelo de Estado Plurinacional implica también
                  que  los  poderes  públicos  tengan  una  representación  directa  de  los  pueblos  y
                  naciones indígenas originarias y campesinas, según usos y costumbres, y de la
                  ciudadanía a través del voto universal.
                  “Los nadies: Los hijos de nadie, los dueños de nada. Los nadies: los ningunos, los
                  ninguneados, corriendo la liebre, muriendo la vida, jodidos, rejodidos: Que no son,
                  aunque sean. Que no hablan idiomas, sino dialectos. Que no profesan religiones,
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