Page 107 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
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Corte Superior de Justicia de Ica Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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(Hurto), en el grado de tentativa artículo de que pudiera manifestar lo que pensaba
16º del Código Penal. y sentía en ese momento; tal vez, sintió
temor por lo sucedido y por la reacción de
1.3. Valoración: Se considera la confesión su familia al tomar conocimiento de los
sincera del investigado que señala es la hechos, claro está se le explicó que no
primera vez que comete este hecho, por está solo. Ocurre también, la Trabajadora
necesidad ante una madre enferma Social que forma parte del Equipo
requiere de medicina, se encuentra Multidisciplinario, acudió a su domicilio,
arrepentido. No registra antecedentes. tomando conocimiento que vivía con su
Proviene de hogar disfuncional, cursa madre que está enferma, recoge
estudios en el nivel secundario. Del información familiar, situación
informe social practicado, sugiere que es económica y otros aspectos referidos a la
completamente viable la aplicación de la relación con el adolescente, se le explicó
remisión por lo mismo que los hechos no que posteriormente se le brindará
revisten gravedad y ha quedado en el mayores detalles sobre el apoyo que
grado de tentativa. podría recibir. Se observó la buena
participación del abogado defensor.
1.4. Pronunciamiento judicial.- El caso en
concreto se muestra el adolescente En el caso en análisis, el equipo se reunió
requiere no sólo de una atención para dialogar sobre la apreciación que
especializada por parte de los operadores cada uno tenía sobre la situación del
de justicia, sino especialmente de un trato adolescente, considerando los criterios
digno y seguro. Hay que entender que un legales respecto al hecho cometido, se
adolescente es un ser humano en proceso concluye que permite implementar una
de desarrollo físico y mental, que no intervención en medio abierto con el
ejerce todos sus derechos con la misma adolescente denunciado, pues, el hecho
plenitud de un adulto, por tanto, requiere no reviste gravedad por no haber ejercido
de un cuidado y una protección especial, violencia ni grave amenaza sobre la
adecuada a su condición por parte de la víctima; que si bien, no se puede advertir
sociedad. A nivel policial, no sobre si las condiciones externas son
correspondía ser detenido, fue conducido favorables, con la propuesta del programa
a una sección especial de la Policía de orientación que no es sino un conjunto
Nacional, todas las diligencias se de actividades en diferentes áreas de
realizaron con intervención del Fiscal y desarrollo del adolescente, así como el
defensor público. Corre el informe tiempo promedio que el equipo considera
policial que registran los hechos que para poder desarrollar, a petición del
motivan la intervención del adolescente y fiscal, conformidad de la defensa técnica
las circunstancias en que se ha producido se resolvió concederse la remisión al
la misma, consignan los datos del adolescente indicando que debía cumplir
efectivo responsable y las personas que un programa de orientación por el tiempo
estuvieron presentes (agraviada y testigo), sugerido por el equipo.
se observa las actas elaboradas en dicho
momento: registro personal, incautación, Cuál es el resultado. Con esta
hallazgo, comiso, etc. La labor inicial del experiencia se ha cumplido una función
psicólogo del Equipo Multidisciplinario importante en el proceso, se respetó los
que obra en el expediente, consistió en derechos del adolescente tal como
explicarle al adolescente la importancia recomienda las normas nacional e
“La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”