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Corte Superior de Justicia de Ica Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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particulares de cada adolescente, y deben
COMENTARIO RELEVANTE DEL AUTOR contemplar formas de incluir a las
La idea principal, al disponer la remisión, es familias y las comunidades a las que
que el adolescente se responsabilice; es pertenecen. Para los adolescentes que no
decir, reconozca en efecto lo que hizo no tengan familia, o cuyas familias no
está bien, que está dispuesto a corregir y puedan tenerlos, el sistema de protección
reparar, lo que se llama voluntad de cambio. del adolescente debe intervenir para
suministrar el apoyo que les permita
cubrir sus necesidades sociales y
internacional, como es disminuir la económicas. Los adolescentes que están
reiterancia de la infracción y prontos a cumplir la mayoría de edad o ya
promoviendo la participación del han cumplido, podrían requerir
adolescente quien se obligó realizar orientación para inscribirse en programas
algunos trabajos que sabe para reparar el de capacitación educativa o vocacional,
daño, la víctima que por cierto estuvo así como también apoyo para conseguir
muy de acuerdo. vivienda, empleo y conectarse con otros
recursos en la comunidad.
Hay que explicar, el caso en análisis,
desde un enfoque tradicional es CONCLUSIONES
asumiendo el castigo, y desde un enfoque
restaurativo es reparando el daño en La Remisión se caracteriza por incentivar
forma integral. un estímulo que favorece al adolescente y
erradicar la severidad y sanción mediante
La situación que el adolescente reconozca castigo; el primero asocia a como reparar
el hecho y tenga la disposición de reparar el daño y de esa forma reconforta a la
el daño -y por tanto el cambio- tiene víctima. Esta institución se convierte en
efectos en la acción penal, pues cumplida una experiencia que resulta gratificante
la participación del adolescente en los porque permite al adolescente corregir
programas dispuestos, se extingue la errores y compensar positivamente a otros
acción penal y se dicta el sobreseimiento. por los daños causados.
(Artículo 136º del CRPA).
Surge un problema sobre la aplicación de
La idea principal, al disponer la remisión, la remisión aprobada por el juez, que
es que el adolescente se responsabilice; es comprende además el resarcimiento del
decir, reconozca en efecto lo que hizo no daño. En el supuesto que es revocado ante
está bien, que está dispuesto a corregir y el incumplimiento injustificado del
reparar, lo que se llama voluntad de adolescente de los programas a los que
cambio. Ahora, observando la otra esfera fuere remitido; sucede que el juez debe
de este comentario, esto es, el sistema esperar que el fiscal incoe el proceso de
penal queda como una amenaza para los responsabilidad penal del adolescente,
casos graves, no solo en términos de lo teniéndose en cuenta los plazos
gravoso del hecho cometido, sino de las procesales se suspenden durante la
dificultades del cambio del adolescente y duración de la remisión, la norma no
su familia. explica; puede aceptarse esta vez, el
acuerdo preparatorio presentado por el
Estos servicios y programas deben investigado. Cómo saber si esta vez
ajustarse a la edad y las necesidades cumplirá los acuerdos, podría ocurrir que
“La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”