Page 1040 - FLIP SEXTO TETRA V2
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el reglamento
                                                                             implica la

                                                                               función
                                                                             legislativa

                                                                        desde un punto

                                                                               de vista
                                                                          material y es

                                                                        reconocida por
                                                                         la doctrina y la

                                                                         jurisprudencia
           1.5.- FUNCIÓN                                                como potestad

                        DE                                               reglamentaria.


          REGLAMENTO.
                                                           el proceso de elaboración del

                                                      reglamento, es mas expedito que el
                                                             de la ley y, por lo tanto, más

                                                              adecuable a los problemas
                                                    económicos, sociales y de toda índole

                                                         que se susciten en un momento
                                                     determinado de la vida publica de un

                                                       estado; y, por otra parte, dado que

                                                            emana de un órgano que se
                                                       encuentra en contacto mas directo

                                                   con la realidad, éste puede comisionar
                                                    a los técnicos que aplican la ley, en la

                                                          practica, para que elaboren los
                                                        reglamentos y prever en ellos, las

                                                                necesidades existentes.
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