Page 1258 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 1258
DERECHO PROCESAL CIVIL
TEMA I
1. Establezca usted la diferencia conceptual entre Derecho Sustantivo, Derecho Objetivo,
Derecho Subjetivo y Derecho Adjetivo.
El Derecho Adjetivo es el Derecho de forma, es decir, constituye el conjunto de normas y
principios que tienden especialmente a regular las relaciones jurídicas, poniendo en ejercicio
la actividad judicial, comprendiendo las leyes procedimentales y de enjuiciamiento.
El Derecho Sustantivo es el Derecho de fondo, que consiste en el conjunto de normas
jurídicas de diverso linaje que establece los derechos y obligaciones de las personas.
El Derecho Objetivo son las normas que rigen el actuar del hombre dentro de la sociedad, y a
ella misma; a su vez se divide en dos grupos: Público y Privado.
El Derecho Subjetivo es el conjunto de facultades, beneficios, privilegios, ventajas,
inmunidades, libertades, que nos pertenecen y de las cuales disfrutamos de origen y de
esencia
2. Diga usted ¿Cuáles se consideran los conceptos fundamentales de la ciencia procesal,
explicándolos brevemente?
Acción: como derecho subjetivo procesal, poder jurídico o facultad que las personas tienen
para promover la actividad del órgano jurisdiccional con el fin de que, una vez realizados los
actos procesales correspondientes, resuelva sobre una pretensión litigiosa.
Jurisdicción: como función que tiene determinados órganos del Estado para resolver
conflictos de trascendencia jurídica, mediante determinaciones obligatorias para las partes y
susceptibles de ejecución.
Proceso: como conjunto de actos que realizan las partes, el juzgador y demás sujetos que
intervienen en el mismo, y que tienen como finalidad lograr la composición del litigio por
medio de sentencia
3. Mencione ¿Cuál es la relación que existe entre los conceptos de acción, de pretensión y de

