Page 1259 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 1259

DERECHO PROCESAL CIVIL



 TEMA I



 1. Establezca usted la diferencia conceptual entre Derecho Sustantivo, Derecho Objetivo,
 Derecho Subjetivo y Derecho Adjetivo.




 El Derecho Adjetivo es el Derecho de forma, es decir, constituye el conjunto de normas y
 principios que tienden especialmente a regular las relaciones jurídicas, poniendo en ejercicio
 la actividad judicial, comprendiendo las leyes procedimentales y de enjuiciamiento.

 El Derecho Sustantivo es el Derecho de fondo, que consiste en el conjunto de normas
 jurídicas de diverso linaje que establece los derechos y obligaciones de las personas.

 El Derecho Objetivo son las normas que rigen el actuar del hombre dentro de la sociedad, y a
 ella misma; a su vez se divide en dos grupos: Público y Privado.

 El Derecho Subjetivo es el conjunto de facultades, beneficios, privilegios, ventajas,
 inmunidades, libertades, que nos pertenecen y de las cuales disfrutamos de origen y de
 esencia

 2. Diga usted ¿Cuáles se consideran los conceptos fundamentales de la ciencia procesal,
 explicándolos brevemente?

 Acción: como derecho subjetivo procesal, poder jurídico o facultad que las personas tienen
 para promover la actividad del órgano jurisdiccional con el fin de que, una vez realizados los
 actos procesales correspondientes, resuelva sobre una pretensión litigiosa.

 Jurisdicción: como función que tiene determinados órganos del Estado para resolver
 conflictos de trascendencia jurídica, mediante determinaciones obligatorias para las partes y
 susceptibles de ejecución.

 Proceso: como conjunto de actos que realizan las partes, el juzgador y demás sujetos que
 intervienen en el mismo, y que tienen como finalidad lograr la composición del litigio por
 medio de sentencia

 3. Mencione ¿Cuál es la relación que existe entre los conceptos de acción, de pretensión y de
   1254   1255   1256   1257   1258   1259   1260   1261   1262   1263   1264