Page 1316 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 1316

ha causado ejecutoria.

        La sentencia que ha causado el estado son las que se pueden apelar, sin embargo cuando la
        sentencia pasa a ser ejecutoria ya no pueden ser impugnadas por ningún medio de defensa.

        9. Redacte el concepto de “cosa juzgada”.

        La cosa juzgada (del latín «res iudicata») es el efecto de una sentencia judicial cuando no
        existen contra ella medios de impugnación que permitan modificarla (sentencia firme) y que
        se traduce en el respeto y subordinación a lo decidido en un juicio. Por ello también se le
        define como la fuerza que atribuye el derecho a los resultados del proceso. Habitualmente se
        utiliza como un medio de defensa frente a una nueva demanda.
   1311   1312   1313   1314   1315   1316   1317   1318   1319   1320   1321