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Variación del alza de las tasas de interés.
Crecimiento demográfico.
Política económica federal.
3.- ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA MEJORAR LA ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARÍA Y PRESUPUESTARIA DE LOS ESTADOS?
Los logros. Modernizar y mejorar su sistema de recaudación, Mantener actualizados los padrones de
contribuyentes, Intensificar las acciones de fiscalización y abatimiento de rezago Establecer criterios
de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal. Realizar un análisis minucioso de los
requerimientos de obra pública, Fomentar la participación de la ciudadanía en la realización de obras
públicas. Ajustar el presupuesto de egresos estrictamente con base en los ingresos reales que
perciben. Orientar, ejercer adecuadamente el gasto de acuerdo con las prioridades establecidas en
los planes de desarrollo del estado y los municipios. Elaborar y tener actualizados los registros de
avance presupuestal. Tratar de mantener el equilibrio en el balance primario, dentro del flujo de
efectivo. Contratar financiamiento cuando se requiera como una medida para el fortalecimiento de la
hacienda. Buscar fuentes alternativas de financiamiento. Transferir a los municipios la ejecución de
la obra pública menor, cuyas características son de carácter municipal. Los estados deberán realizar
solamente obras que reúnan las siguientes características: ser intermunicipales, tener infraestructura
básica o primaria, dar un impacto regional y o de fomento a la economía, ser de aquellas cuyo costo
rebase la capacidad económica de los municipios. Fomentar el ahorro entre los municipios como
medida para prevenir contingencias (fondo financiero de apoyo municipal)
4.-¿CÓMO SE ADMINISTRA LA HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL?
El municipio, es la institución jurídica, política y social que tiene como finalidad organizar a una
comunidad en la gestión autónoma de su interés de convivencia primaria y vecinal; está regido por
un ayuntamiento y es la base de la división territorial y de la organización política de un estado. Cabe
señalar que se denomina hacienda pública municipal a los recursos financieros y patrimoniales que
dispone el gobierno municipal para realizar sus fines. El régimen jurídico de la hacienda pública
municipal se encuentra establecido en el art 115, fracc IV, de la CPEUM.
5.-¿CÓMO SE DETERMINA LA BASE DEL IMPUESTO PREDIAL?
Base gravable del impuesto predial; se conforma por los valores unitarios que atenderán a los
precios del mercado del suelo y de las construcciones en el DF, así como las características
comunes de los inmuebles que se ubiquen en las distintas zonas del mismo, tipo de área de valor,
tipo en clave de valor y tipo de corredor de valor, el valor catastral se puede determinar por la base
de valor y la base renta. Cálculo de la base gravable para el impuesto predial: base gravable, base
valores): valor unitario del suelo x superficie de terreno m2, más valor unitario de las construcciones
x superficie de las construcciones m2, menos factor de descuento antigüedad del inmueble igual

