Page 1442 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 1442
Reside en gravar la propiedad o posesión del suelo, o del suelo y las construcciones adheridas a
éste.
13 ¿QUIENES ESTAN EXENTOS DE PAGO DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICION DE BIENES
INMUEBLES?
Solo los bienes que se adquieran para formar parte del dominio público del DF y los que se
adquieran para estar sujetos al régimen del dominio público de la federación estarán exentos del
impuesto sobre adquisición de inmuebles. También estarán exentos los inmuebles adquiridos por
representaciones diplomáticas de estados extranjeros acreditados en el país, siempre y cuando
exista reciprocidad del estado solicitante y organismos internacionales, en términos de lo dispuesto
por el art 133 de la CPEUM:

