Page 1442 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 1442

Reside en gravar la propiedad o posesión del suelo, o del suelo y las construcciones adheridas a
        éste.

        13 ¿QUIENES ESTAN EXENTOS DE PAGO DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICION DE BIENES
        INMUEBLES?

        Solo  los  bienes  que  se  adquieran  para  formar  parte  del  dominio  público  del  DF  y  los  que  se
        adquieran  para  estar sujetos  al régimen  del dominio  público  de  la federación estarán exentos  del
        impuesto  sobre  adquisición  de  inmuebles.  También  estarán  exentos  los  inmuebles  adquiridos  por
        representaciones  diplomáticas  de  estados  extranjeros  acreditados  en  el  país,  siempre  y  cuando
        exista reciprocidad del estado solicitante y organismos internacionales, en términos de lo dispuesto
        por el art 133 de la CPEUM:
   1437   1438   1439   1440   1441   1442   1443   1444   1445   1446   1447