Page 698 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 698

IMPUESTO SOBRE TENENCIA  O USO DE


            VEHICULOS
            Ley de impuesto sobre tenencia o uso de vehículos,

            Articulo 1º , están obligados al pago del impuesto

            establecido en la ley, las personas físicas y las

            morales  tenedoras o usuarios de los vehículos a que

            se refiere la misma.






















                  El  objeto  es  gravar  la  tenencia  o  uso  de
                  vehículos automotores de más de 10 años de


                  fabricación o ejercicio automotriz anteriores
                  a la aplicación de la ley del impuesto sobre


                  tenencia o uso de vehículos
   693   694   695   696   697   698   699   700   701   702   703