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INTRODUCCIÓN AL TEMA IV
Retomando el planteamiento ya citado que hace Cipriano
Gómez Lara respecto del concepto de proceso, como el
“Conjunto complejo de actos del estado como soberano,
de las partes interesadas y de los terceros ajenos a la
relación sustancial, actos todos que tienden a la aplicación
de una Ley general a un caso concreto controvertido para
solucionarlo o dirimirlo.”, en este tema se estudiarán a
todos los protagonistas que tienen intervención en él,
siendo que el proceso es considerado como una de las
formas heterocompositivas para dirimir conflictos sociales
con trascendencia jurídica; esto es, litigios.
En efecto, una vez que un sujeto de derecho en el ejercicio
de su facultad subjetiva, entabla una demanda ante el
órgano jurisdiccional que considera competente y cuando
dicho órgano ha emplazado a juicio al demandado, se
integra el denominado “triángulo procesal” que se
establece entre el juzgador y los litigantes; adicionalmente,
durante la sustanciación procedimental, no sólo
desarrollan acciones las partes sino además los
denominados terceros ajenos a la relación sustancial (los
testigos, los peritos, los abogados), los terceros llamados a
juicio, los terceristas a quienes la eventual ejecución de la
sentencia les depara alguna afectación y, por supuesto, los
auxiliares del juzgador (autoridades, particulares y
subalternos).
Como un tópico primordial, es necesario revisar la
naturaleza del abogado, como perito en la materia jurídica
y considerado como uno más de los terceros ajenos pero
cuya función es muy importante durante la sustanciación
del proceso.