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INTRODUCCIÓN AL TEMA IV


                          Retomando el planteamiento ya citado que hace Cipriano
                           Gómez Lara respecto del concepto de proceso, como el
                          “Conjunto complejo de actos del estado como soberano,
                            de las partes interesadas y de los terceros ajenos a la
                         relación sustancial, actos todos que tienden a la aplicación
                          de una Ley general a un caso concreto controvertido para
                           solucionarlo o dirimirlo.”, en este tema se estudiarán a
                           todos los protagonistas que tienen intervención en él,
                           siendo que el proceso es considerado como una de las
                         formas heterocompositivas para dirimir conflictos sociales
                                 con trascendencia jurídica; esto es, litigios.


                         En efecto, una vez que un sujeto de derecho en el ejercicio
                           de su facultad subjetiva, entabla una demanda ante el
                         órgano jurisdiccional que considera competente y cuando
                            dicho órgano ha emplazado a juicio al demandado, se
                             integra el denominado “triángulo procesal” que se
                         establece entre el juzgador y los litigantes; adicionalmente,
                               durante la sustanciación procedimental, no sólo
                               desarrollan acciones las partes sino además los
                          denominados terceros ajenos a la relación sustancial (los
                         testigos, los peritos, los abogados), los terceros llamados a
                         juicio, los terceristas a quienes la eventual ejecución de la
                         sentencia les depara alguna afectación y, por supuesto, los
                             auxiliares del juzgador (autoridades, particulares y
                                                 subalternos).


                             Como un tópico primordial, es necesario revisar la
                         naturaleza del abogado, como perito en la materia jurídica
                          y considerado como uno más de los terceros ajenos pero
                          cuya función es muy importante durante la sustanciación
                                                  del proceso.
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