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INTRODUCCIÓN AL TEMA IV


 Retomando el planteamiento ya citado que hace Cipriano
 Gómez Lara respecto del concepto de proceso, como el
 “Conjunto complejo de actos del estado como soberano,
 de las partes interesadas y de los terceros ajenos a la
 relación sustancial, actos todos que tienden a la aplicación
 de una Ley general a un caso concreto controvertido para
 solucionarlo o dirimirlo.”, en este tema se estudiarán a
 todos los protagonistas que tienen intervención en él,
 siendo que el proceso es considerado como una de las
 formas heterocompositivas para dirimir conflictos sociales
 con trascendencia jurídica; esto es, litigios.


 En efecto, una vez que un sujeto de derecho en el ejercicio
 de su facultad subjetiva, entabla una demanda ante el
 órgano jurisdiccional que considera competente y cuando
 dicho órgano ha emplazado a juicio al demandado, se
 integra el denominado “triángulo procesal” que se
 establece entre el juzgador y los litigantes; adicionalmente,
 durante la sustanciación procedimental, no sólo
 desarrollan acciones las partes sino además los
 denominados terceros ajenos a la relación sustancial (los
 testigos, los peritos, los abogados), los terceros llamados a
 juicio, los terceristas a quienes la eventual ejecución de la
 sentencia les depara alguna afectación y, por supuesto, los
 auxiliares del juzgador (autoridades, particulares y
 subalternos).


 Como un tópico primordial, es necesario revisar la
 naturaleza del abogado, como perito en la materia jurídica
 y considerado como uno más de los terceros ajenos pero
 cuya función es muy importante durante la sustanciación
 del proceso.
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