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la autoridad ambiental competente, por lo que siguiendo el procedimiento administrativo res
constituyen un paso previo a la aprobación del pectivo, independientemente del incremento
estudio ambiental. porcentual de la modificación o ampliación
propuesta en relación a los términos aprobados
El proceso de aprobación de los estudios am en el estudio ambiental.
bientales contempla mecanismos y procesos de
participación ciudadana que se presentan antes El ITS, creado por el Decreto Supremo N° 054-
y durante la elaboración de los estudios ambien 2013-PCM, se constituye como el instrumento
tales y durante la evaluación de los estudios am de gestión ambiental de carácter preventivo
bientales. Para poder iniciar el procedimiento de que perm ite al titular minero modificar los
evaluación de los estudios ambientales, el titular componentes de la unidad minera sin seguir
del proyecto debe acreditar, cuando menos, la el procedimiento de modificación del estudio
realización de un taller participativo, así como ambiental con un mínimo plazo de evaluación
cualquier otro de los mecanismos de participa y sin la necesidad de mecanismos o procesos de
ción ciudadana previstos en el artículo 2 de la participación ciudadana, siempre y cuando las
Resolución Ministerial N° 304-2008-MEM-DM, ampliaciones o modificaciones o mejoras tecno
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
antes y durante la elaboración del estudio am lógicas propuestas vayan a generar impactos am
biental. Admitido a trámite el estudio ambiental, bientales y/o sociales negativos no significativos.
el titular del proyecto, ejecutará los mecanismos
de participación ciudadana aprobados, siendo El Reglamento ha dispuesto el uso compartido de
obligatorio el desarrollo de la audiencia pública. la línea base de un estudio ambiental previamente
aprobado para los casos de ampliación o modifi
La aprobación de los estudios ambientales de cación del proyecto, permitiendo al titular minero
proyectos mineros de las categorías II y III o sus el ahorro de tiempo y de dinero en la elaboración
modificatorias se realizan a través de un pro del estudio ambiental. La línea base del estudio
cedimiento administrativo que ,siempre y en ambiental aprobado tiene un plazo de vigencia
todos los casos, es de evaluación previa y nunca de cinco años de contados a partir de la ejecución
de aprobación automática. El procedimiento del proyecto. Transcurrido dicho plazo, el titular
de aprobación del estudio ambiental implica está obligado a sustentar su vigencia ante la au
someter el estudio ambiental a las opiniones toridad ambiental competente. Caso contrario se
técnicas de las autoridades pertinentes sobre entenderá que la línea base ambiental ha perdido
los aspectos del estudio ambiental que sean vigencia, por lo tanto, corresponderá realizar el
de su competencia. El Reglamento clasifica las levantamiento de la línea base del proyecto.
opiniones técnicas en opinión técnica favorable,
opinión técnica obligatoria, y opinión técnica La evaluación del im pacto ambiental de los
facultativa. La opinión técnica favorable es la estudios ambientales correspondientes a los
que más relevante de las tres porque sin ella no proyectos de explotación, beneficio, labor ge
se aprobará el estudio ambiental aun cuando el neral, transporte y almacenamiento minero se
titular minero haya levantado todas las obser encuentra a cargo de SENACE y de la DGAAM,
vaciones al estudio ambiental formuladas por según corresponda. SENACE tiene competencia
la autoridad ambiental competente. para evaluar y aprobar los ElA-d y la DGAAM tie
ne competencia para revisar y aprobar los ElA-
El Reglamento ha significado la evolución del sd. Ambas autoridades, dentro de sus respec
criterio cuantitativo de la m odificación del tivas competencias, tienen además a su cargo
estudio ambiental que imperaba en el Decreto la aprobación de instrumentos de gestión am
biental relacionados con el estudio ambiental
Supremo N° 016-93-EM para pasar a aplicar un aprobado. SENACE es la autoridad competente
criterio cualitativo. Para el Reglamento, todos
AD VO C ATU S 135 generar nuevos o mayores impactos ambienta tión ambiental relacionados al ElA-d, posteriores
para evaluar y aprobar los instrumentos de ges
los cambios, variaciones o ampliaciones del
proyecto minero o unidad minera que pudiesen
a su aprobación, independientemente de si la
les y/o sociales negativos significativos impli
DGAAM fue la entidad que aprobó el ElA-d, y
can necesariamente ,antes de su ejecución, la
sin que SENACE tenga la obligación de solicitar
la opinión de la DGAAM.
modificación del estudio ambiental aprobado
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