Page 104 - Edición N° 34
P. 104

a nivel nacional e internacional, siendo cada vez   origen. Estas son: Pisco; Maíz Gigante del Cusco;   Q  i
           más el interés de reconocerá las denominaciones   Cerámica de Chulucanas; Pallar de lea; Café de   of
           de origen como tales, para que las mismas logren   Villa  Rica;  Loche de  Lambayeque; Café  Machu   LU  J
                                                                                                             Q-  j
           su desarrollo no solo en favor del consumidor que   Picchu; Maca Junín Pasco; Aceituna de Tacna y
                                                                                                             O   J
           sentirá respaldado por la calidad de los produc­  el Cacao de Amazonas.                           o e ;
                                                                                                             o.  :
           tos, si no de los productores sobre los productos
                                                                                                       M ARCAS
           materia de la protección.                    La obtención de una declaración de origen es un   PATENTES
                                                                                                      DERECHO
                                                        proceso largo que conlleva esfuerzo e iniciativa   DE AUTOR
           ¿Qué es una denominación de origen? El artí­  de  los  productores  de  cada  una  de  las  zonas
           culo 201  de la  Decisión 486 de  la Comunidad   geográficas  determinadas,  quienes  rodeados
           Andina  señala  que  las  denom inaciones  de   de  un  ánimo asociativo, deberán  preparar un
           origen  son  aquellas  indicaciones geográficas   estudio  técnico  así como  solicitar  la  declara­
           constituidas  por la  denominación  de un  país,   ción de denominación de origen del producto
           de  una  región  o de  un  lugar determinado,  o   correspondiente.
                                                                                                         1/1
           constituida por una denominación que sin ser
           la de  un  país,  una  región  o  un  lugar determi­  El  órgano encargado  a  nivel  nacional  para  la   <
           nado  se  refiere  a  una  zona  geográfica  deter­  obtención  de  las  autorizaciones  de  uso  de   O
           minada,  utilizada  para  designar  un  producto   las  denominaciones  de  origen  es  el  Instituto   u
                                                                                                         <
           originario de ellos y cuya calidad y reputación   Nacional  de  Defensa  de  la  Competencia y de   z
                                                                                                         1/1
           se deban exclusiva o  esencialmente al  medio   Protección  de  la  Propiedad  Intelectual  -  IN-   U J
                                                                                                         cc
           geográfico en el cual se produce, incluidos los   DECOPI,  por medio de  la  Dirección de  Signos   O
                                                                                                         I—
           factores naturales y humanos.                Distintivos.                                     ID
                                                                                                         <
           En este sentido, referirse a  un  reconocimiento   La autorización de  uso de una denominación
           de  las denominaciones de  origen  así como  la   de  origen  significa,  como  ya  hemos  m encio­
           protección de ella, involucra la concurrencia de   nado, declarar un producto con características
           ciertos elementos característicos, tales como: el   únicas y dicho producto es identificado con el
           reconocimiento por una autoridad administrati­  lugar de producción. Si bien esta autorización
           va que delimita los productos, la zona geográfi­  constituye  un  gran  paso,  lam entablem ente
           ca, las características del producto atribuidas al   no es todo, ya que no generan  los  beneficios
           medio geográfico, así como la existencia de un   esperados  que  una  denominación  de  origen
           órgano de control.                           debería  proporcionar, ya sea  al  sector econó­
                                                        mico como  mayores  oportunidades al  sector
           Además,  se  requiere  de  un  examen  riguroso   productivo, al  mismo tiempo  que  se  protege
           sobre las cualidades específicas que han de ser   al consumidor.                             U
           inherentes  al  producto  y  no atribuirle  ciertas                                           U J
           características específicas del producto, cuando   III.  SOBRE LOS CO NSEJO S REGULADORES
           ello se da de forma esporádica o imprevisible o
                                                                                                        Q
           cuando concurra sólo en algunas unidades del   Botana Agrá señala que el Consejo Regulador es   <
                                                                                                        Q
           producto. En este sentido, las características del   un complemento indisociable del reconocimien­  U J
                                                                                                        Q.
           producto tienen que ser inherentes a éste.   to de la denominación, así como pieza esencial   O
                                                                                                        cc
                                                        del sistema de denominaciones de origen2.       CL
           En Perú, las denominaciones de origen han ido
           cobrando  gran  relevancia,  tan  es  así  que  a  la   En este mismo sentido, Guillem, sostiene que el
                                                                                                        ■'fr
           fecha se han declarado diez denominaciones de  Consejo  Regulador está  destinado a  asegurar  co
                                                                                                        3
                                                                                                        2
                                                                                                        §
           2.   BOTANA  AGRA,  M anuel José. Las D en om ina cio ne s de O rigen.  Tratado de D erecho M e rca ntil.  M adrid:  Marcial  Pons
                                                                                                        Q
               Ediciones Jurídicas y  Sociales S.A., 2001, p.107.


             M  a r c a s    c o  l e c t i v a s ,    u n a    s o l u  c i ó  n     a l    p  r o b  l e m  a    d e    l a    f a l t a    d e    a s o  c i a t i v a    e n    e l    P e r ú    1 0 1
   99   100   101   102   103   104   105   106   107   108   109