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de licencias obligatorias en el que,  según se ha   Es temporal ya que se mantiene por el tiempo   °   í
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           dicho, se da prioridad a los bienes jurídicos que   que  perm anezcan  las  razones  que  la  m oti­  O   l
                                                                                                             LU  J
           lo sustentan, por sobre los que atañen al derecho   varon,  tan  pronto  desaparezcan  los  motivos
           subjetivo del titular de la patente"2.        que justificaron  la  licencia obligatoria deberán   £   J
                                                                                                             O   J
                                                         desaparecer  tam bién  las  lim itaciones  a  los   cr
                                                                                                             Q.  :
           La figura de la licencia obligatoria está diseña­  derechos  sobre  la  patente.  Existe  pues  un  co­
                                                                                                       MARCAS
           da como  un supuesto excepcional, aplicable a   rrelato e  interdependencia entre  las razones o   PATENTES
                                                                                                       DERECHO
           situaciones extremas y de gravedad manifiesta,   condiciones que justifican esta medida extrema   DE AUTOR
           en  las  que  exista  un  interés  superior  o  bien   y las limitaciones que se pueden imponer a los
           común  que hagan  necesario e  imprescindible   derechos de exclusividad.
           que el  Estado intervenga  para desconocer los
           derechos derivados de una patente en aras de   Cuando se presente un quiebre o falta de rela­
           satisfacer ese fin superior3.                 ción entre las razones que justifican la  medida
                                                         y la limitación al derecho de exclusividad, esta­
           Por  definición,  la  licencia  obligatoria  actúa   remos frente a una licencia obligatoria ilegal o   l o
                                                                                                         LU
                                                                                                         _I
           ante  situaciones  nuevas  que  signifiquen  una   arbitraria susceptible de ser cuestionada.  <
                                                                                                         Z
           preocupación  social  o colectiva  y que  debido                                              O
           a su gravedad y urgencia  hacen  necesaria esta   Es posible que este quiebre o divergencia se pre­  u <
           solución temporal.                            sente en dos momentos: uno primero, cuando      z
                                                                                                         LO
                                                         se solicita la licencia obligatoria, supuesto en el   LU
                                                                                                         cc
           En  la  práctica  la  licencia  obligatoria  funciona   cual no debería otorgarse por falta de sustento   O
           como una suspensión parcial y temporal del de­  o causalidad; o uno segundo, cuando ya se haya
           recho de exclusividad pero únicamente respecto   concedido la licencia obligatoria, supuesto en el
           al ejercicio de las atribuciones que derivan de su   que se debería dejar sin efecto esta medida en
           esfera  negativa, esto es hacer valer u oponer el   virtud a lo establecido por los literales c) y g) del
           derecho, estando esta limitación acotada a impe­  artículo 31  de ADPIC.
           dir accionar por infracción en el caso en concreto.
                                                        Cobra relevancia entonces analizar las razones
           Es una suspensión parcial ya que no impide que   o  m otivaciones  que  actúan  com o  causales
           el titular de la  patente pueda seguir utilizando   justificantes  de  la  medida  de  excepción.  En
           su  invención  protegida, tampoco  impide  que   ese  sentido,  es  necesario  acreditar en  primer
           pueda  actuar contra  terceros  (distintos  a  los   lugar que  se tiene que afrontar circunstancias
           autorizados por la licencia obligatoria) haciendo   o  acontecimientos  nuevos;  las  licencias  obli­
           valer la  patente para impedir su uso o explota­  gatorias  como  medidas  excepcionales  actúan
           ción sin autorización4.                      ante situaciones excepcionales, que no pueden

                                                                                                         LU
                                                                                                         I—
                                                                                                         z
           2.   FERNÁNDEZ DE CÓRDOVA, Manuel. Las licencias obligatorias de patentes en el Ecuador. Una breve referencia al caso   Q
                                                                                                         <
               délos medicamentos y al decreto presidencial 118. En: luris Dictio, año 13, vol. 15. Enero-junio 2013, p. 212.  O
                                                                                                         LU
           3.   "Aunque la figura de licencias obligatorias está consagrada en la Decisión Andina 486 y en las normas internacionales,   CL
                                                                                                         O
               se trata de un mecanismo verdaderamente excepcional que sólo procede cuando por circunstancias extraordinarias   cc
               otros procedimientos disponibles son insuficientes". OLARTE, Carlos Rafael. Alegato sobre licencias obligatorias en   CL
               materia de patentes de invención. En: Revista Jurídica Online Disponible en: <http://www.revista¡urid¡caonline.
               com/imaqes/stor¡es/revistas-juridicas/propiedad-intelectual-tomo2/235a258  alegato  sobre  licencias.pdf.
               visualizado el 11 de marzo de 2015. p. 237-238>.
                                                                                                        co
           4.   “La  concesión  de  licencias  obligatorias  permite  al  gobierno  dar  derecho  a  que  una  compañía,  una  agencia
                                                                                                        §
               gubernamental u otro interesado utilice una patente sin el consentimiento de su titular. Una licencia obligatoria debe   h-
               ser concedida por una autoridad competente a una persona designada, la cual generalmente deberá compensar al   3
               titular de la patente mediante el pago de una remuneración. Las licencias obligatorias no niegan a los titulares de   §
               patentes el derecho de actuar contra terceros sin licencia". CORREA, Carlos. Integrando la Salud Pública en la legislación   Q
               sobre patentes de los países en desarrollo. South Centre, 2001  p. 101.



              El  interés  Público  como  causal  para  el  otorgamiento  de  una  licencia  obligatoria  de  patente   27
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