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"Por ello, más allá de quedar claro que el Estado   a  pedido  de  algún  interesado  se  solicite  la
                  está legal mente legitimado a emplear el m eca­  declaratoria  de existencia  de  razones de  inte­
                  nismo de las licencias obligatorias (...) hay que   rés  público  a  efectos  de  que  se  otorgue  una
                  destacarse que este instituto, sin embargo, es una   licencia obligatoria de una patente, se regula el
                  excepción  al derecho de exclusividad conferido   procedimiento a seguir, se constituye un comité
                 por la patente. De esta forma, como todas las ex­  técnico  que  brinde soporte  al  órgano  público
                  cepciones, esta herramienta deberá ser utilizada   competente de esta declaratoria y se garantiza
                  solamente en los casos previstos en los instrumen­  la  intervención  del  titular de  la  patente  como
                  tos jurídicos ya mencionados, para que éste no sea   directamente  interesado o  potencial  afectado
                  un aparato empleado por el Estado en cualquier   de aprobarse esta declaración.
                  circunstancia. El empleo desmedido de este instru­
                  mento, podría configurar un abuso al derecho del   Somos de la opinión que mientras más se res­
                 propietario sobre la invención patentada, cuando   trinja el  margen para la arbitrariedad y se dote
                  no estén configuradas las situaciones autorizado-   de  más tecnicismo y objetividad  a  la  decisión
                  ras ya descritas"'9.                         sobre la configuración del supuesto de interés
            Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  Universidad  de  Lima
                                                               público,  más  sólida  será  la  licencia obligatoria
                  Sobre la base del análisis precedente y con ánimo   que  se otorgue, quedando  menos expuesta  a
                  de generar mecanismos que ayuden a evitar se   críticas y cuestionamientos, validando la aplica­
                  configuren actos de arbitrariedad en la utilización   ción de estas medidas de excepción y, con ello,
                  de esta causal de licencia obligatoria, considera­  el sistema de patentes en su conjunto.
                  mos que resultará  útil  a  estos efectos delimitar
                  el ámbito de acción de este supuesto de interés   La licencia obligatoria es una válvula de escape
                  público o, dicho en otros términos, definir pautas,   necesaria para equilibrar el sistema de patentes;
                  guías o directivas que conduzcan a una adecuada   no puede ni debe convertirse en cauce para un
                  aplicación de este criterio garantizando no sólo   aluvión que arrase con todo el sistema.
                  la  demostración  de  la  ocurrencia  de  la  causal
                  objetiva,  sino además  preservando  el  derecho   III.  CONCLUSIO NES
                  de defensa del titular del derecho de exclusividad
                  que se verá afectado.                        •   La  propia naturaleza jurídica de la licencia
                                                                   obligatoria  como flexibilidad  o  limitación
                  Un buen ejemplo de esta clase de mecanismos      a  los  derechos  de exclusividad  sobre  una
                  es el recogido en el Decreto 4302 del Ministerio   patente, determina  su  carácter eminente­
                  de Comercio, Industria yTurismo de Colombia,     mente de excepción y ultima ratio.
                  emitido el  13 de noviembre de 2008 y su  mo­
                  dificatoria a través del  Decreto 4966 del  23 de   •   Tanto  la  legislación  internacional  como  la
                  diciembre  de  2009,  que  establecen  el  proce­  regulación interna contemplan a la licencia
                  dimiento para  la  declaratoria de existencia  de   obligatoria  como  un  supuesto  temporal
                  razones de  interés  público de acuerdo  con  lo   aplicable  solo  en  situaciones  de  extrema
                  dispuesto en el  artículo  65  de  la  Decisión 486   urgencia.
                  de la Comisión de la Comunidad Andina.
                                                               •   En efecto, el artículo 40 del  Decreto Legis­
                  En  esta  norma  reglamentaria  se  consigna  la   lativo  1075,  norm a  interna  ap licab le
                  posibilidad que no sólo de oficio sino también   en  el  Perú  para  el  supuesto  de  licencias
            A D V O C A TU S  134   19.  KLEIN VIEIRA,  Luciane. Las Licencias obligatorias para las patentes de medicamentos: la experiencia brasileña.  En:


                      creación intelectual, artística, técnica y científica, así como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El
                      Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión".

                      Revista de Derecho Económico Internacional Vol. 1  N° 2.




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