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marco  legal  vigente,  integrando  en  un  sector   bientales eran  instancias  independientes, con   «
            especializado en temas ambientales e imparcial   escasa articulación entre ellas y con el Consejo   cor
            frente a actividades productivas o extractivas,   Nacional del Ambiente -  CONAM, entidad ads­
                                                                                                              w -
            tanto la aprobación (calidad) de los ElAs como   crita a la Presidencia del Consejo de Ministros,   KAJ
            su correcta fiscalización. Además, de reforzar la   antecesor del Ministerio del Ambiente.        OO
                                                                                                              OO
            articulación entre las diversas entidades fiscali-
                                                                                                        AUTOR
            zadoras a través del SINEFA.                  Esta sectorialización ayudó a incorporar la varia­  NACIONAL
                                                          ble ambiental en la regulación sectorial aunque
            Es conveniente resaltar que el Proyecto de Ley   no generó un desarrollo homogéneo de cada una
             1815-2012-PE ha sido aprobado en segunda vo­  de las unidades ambientales sectoriales ni el de
            tación en el Congreso por lo que publicación en   desarrollo de normas ambientales sectoriales.
            el diario oficial El Peruano debe ser en cualquier
            momento. Sin embargo, este Proyecto de Ley ha   Con la creación del Ministerio del Ambiente se
            sido muy criticado por diversos sectores debido   creó el sector ambiente y un ente especializado
            principalmente al incremento del límite máximo   a nivel ministerial que permite mejorar la coor­  ro
            de multa a 30,000 UIT (más de 110 millones de   dinación entre los ministerios e impulsar más a   E
            soles) y al  establecer que la sola  presentación   profundidad las acciones orientadas a cumplir la   <v
                                                                                                          -O
            de  una  demanda  contencioso  administrativa,   Política Nacional Ambiental, asegurar el diseño y   "O
                                                                                                          (t>
            de amparo u otra, no interrumpe ni suspende   la aplicación efectiva, coherente y complemen­  T3
                                                                                                          w
            el  procedimiento de ejecución coactiva de  las   taria de los instrumentos de planeamiento y de   O)
                                                                                                          >
            resoluciones referidas a la imposición de sancio­  gestión ambiental.                         C
                                                                                                          3
            nes administrativas emitidas por el OEFA.
                                                          Con  la finalidad  de  mejorar el  desempeño de   di
                                                                                                          •O
            Asimismo, establece que para admitir a trámite   la  gestión  ambiental  que  debe efectuarse en   o
                                                                                                          -C
            las medidas cautelares, los administrados debe­  los  diferentes  niveles  de  gobierno  sectorial,   <D
            rán de cumplir con presentar una contracautela   regional y local y considerando  los principios,   o¡
                                                                                                          o
            personal o real, pero no de caución juratoria. La   mecanismos  de  coordinación  e  instrumentos   ai
                                                                                                          -O
            contracautela debe cubrir el íntegro del importe   contenidos en el  Sistema  Nacional de Gestión   "O
            de  la  deuda  derivada  del  acto  administrativo   Ambiental -  SNGA, el  Ministerio del Ambiente
                                                                                                          3
            cuyos  efectos se  pretende  suspender o  dejar   emitió la Resolución Ministerial 018-20012-MI-   m
                                                                                                          U_ íT3
            sin efecto, actualizada a  la fecha déla solicitud   NAM. Esta norma aprueba la Directiva para For­  JTJ
                                                                                                          di
            de medida cautelar.                           talecer el Desempeño de la Gestión Ambiental    ~o
                                                          Sectorial y para ello, establece lo siguiente:  o
            Como se puede apreciar, esta nueva propuesta                                                  c
                                                                                                          E
            legal  podría traer como consecuencia  la impo­  ♦   La Autoridades Ambientales Sectoriales de­  D
                                                                                                          rtJ
            sibilidad de algunas empresas formales de con­    berán aprobar o actualizar, previa opinión   O
            tradecir la última instancia administrativa ante el   favorable  del  MINAM,  el  Reglamento  de   a
                                                                                                          (13
            Poder Judicial por la restricción de la contracaute­  Protección Ambiental sectorial.         T 5 (13
            la y al mismo tiempo, hacer imposible el pago de   ♦   Las  Autoridades  Ambientales  Sectoriales   t5
                                                                                                          qj
            la multa si éstas son tan altas, como 30,000 UIT.  deberán  aprobar,  previa  opinión  del  Ml-   (13
                                                                                                          (/I
                                                              NAM,  el  Reglamento  para  los  procesos   >
                                                                                                          a;
            III.  MARCO REGULATORIO SECTORIAL                administrativos sancionadores, así como el   cc
                                                             cuadro de tipificación y escala de sanciones.
            La sectorialización de la gestión ambiental, en   ♦   Las  Autoridades  Ambientales  Sectoriales
                                                                                                          f'-
            palabras sencillas, es que la aprobación de los   deberán aprobar, previa opinión favorable   <N
            estudios ambientales y de normas ambientales     del MINAM, el Reglamento de Participación
                                                                                                          3
            sectoriales se encuentra a cargo de los ministe­  Ciudadana.                                  K
            rios que regulan las actividades sometidas a la                                               2
                                                                                                          §
            exigencia de presentación de dichos estudios.   La Directiva también señaló que las Autorida­  Q
            Debido a ello, cada una de dichas unidades am­  des  Ambientales  Sectoriales  debían  de  for-




                         L  o  s     e  s  f u  e  r z  o  s     p  o  r    f o  r t a  l e  c  e  r    l a    g  e  s  t i ó  n     a  m  b  i e  n  t a  l    e n    e l    p  a  í s     3 3 3
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