Page 397 - Edición N° 27
P. 397

propiedad industrial, ya  bien sea, como marca   gistró el sonido como marca) podría vender
                 de producto; marca de servicio; nombre comer­    estos productos o prestar estos servicios con
                 cial y/o lema comercial (slogan).                la música  de Mozart, pues  cualquier otra
                                                                  empresa afectaría sus derechos.
                 Así  pues, el  dominio  público  en  el  marco  del
                 derecho de autor también puede afectar otros        Cabe dejar constancia que no existe pro­
                 derechos de propiedad intelectual que podrían    hibición expresa en nuestro ordenamiento
                 subsistir en  tales  obras  que  han  pasado a  ser   jurídico que prohíba registrar obras que se
                 de dominio  público.  Por ende,  el  uso  de ese   encuentren  en  el dominio público  como
                 nuevo derecho intelectual protegido no estará    marcas y que además sí es posible registrar
                 supeditado al derecho de autor, pero sí podría   sonidos a título de marca (como la corneta
                 aplicársele otros derechos exclusivos que con­   de D'onofrio o el ring-tone de Nokia). Lo que
                 fieren otros sistemas de propiedad intelectual,   sí existe, es  una prohibición  de registro de
                 tal como veremos más adelante.                   signos que infrinja el derecho de autor de un
                                                                  tercero. Pero se entiende que ese derecho debe
           Universidad  de  Lima  za rt no cuente en la actualidad con derechos   pasa a formar parte del dominio público.
                                                                  estar vigente y como hemos dicho, al cabo de
                 Alfredo Lindley-Russo, señala:
                                                                  70 años luego de la muerte del autor, la obra
                        "(...) es una suerte que la música de Mo­


                     de autor que interfieran con su difusión, lo
                                                                     Si se presentara una situación como la
                     cual ha permitido que en los Estados Unidos,
                                                                  que el registro de la marca sonora constituida
                     particularmente, en el estado de Florida, se   descrita, aunque se nos   ocurra considerar
           por alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la
                     emita una ley que exige que en las escuelas   por las notas musicales que conforman las
                     estatales se escuche música clásica a diario,   piezas musicales de Mozart para distinguir
                     mientras que en Georgia se haya dispuesto    cajas musicales para niños, grupos musicales
                     que cada niño que nazca en su estado ten­    o servicios de producción de obras musicales;
                     ga una copia de música clásica.  Y es que    constituye una ve n ta ja   fu n cio n a l para el
                     a  la muerte de un  autor,  sus  derechos se   solicitante de la marca, no estaríamos frente
                     transfieren a sus herederos por un  tiempo   a una prohibición de registro. Y es que si bien
                     determinado (70 años desde la muerte en el   nuestro ordenamiento no permite el registro
                     caso peruano), luego del cual la obra pasa a   de signos que otorguen ventajas funcionales
                     formar parte del dominio público. Esto quiere   o técnicas, esta prohibición está referida solo
                     decir que cualquier persona podría utilizarla   a marcas que constituyan formas, lo cual no
                     siempre que no afecte la integridad de la obra   se presenta en el caso de las marcas sonoras.
                     y se indique el nombre de su creador. Esa es
                     la situación de las obras musicales de Mozart   Sin embargo, si bien los derechos de autor
                     en la actualidad.                            su autor, esto solo está referido a los derechos
                                                                  terminan a los 70 años luego de la muerte de
           Revista  editada   registrar como marca sonora todas las obras   ser reconocido como autor de la obra),  los
                         Pero ¿qué pasa si a alguien se le ocurre
                                                                  PATRIMONIALES y no a los derechos MORA­
                                                                  LES, entre ellos el de paternidad (esto es, el
                     musicales de Mozart para distinguir cajas
                     musicales para niños, grupos musicales o
                                                                  la obra haya pasado al dominio público. Así,
                     servicios de producción de obras musicales?   que permanecen vigentes incluso luego que
                     Éstas dejan de pertenecer al dominio público   la prohibición de registro nunca dejaría de
           127       y regresarían al dominio privado, otorgándo­  ser aplicable pues si alguien distinto al autor
           ADVOCATUS   música como marca auditiva, que además es   obra que se encuentra en el dominio público,
                     le una exclusividad a favor de quien registró la
                                                                  o sus descendientes intentara registrar una
                                                                  estaría infringiendo los derechos de autor de
                     posible que ni si quiera tenga relación alguna
                                                                  un tercero: en particular, el derecho moral -y
                     con el autor o con sus herederos. Esto quiere
                                                                  siempre vigente- de paternidad. Pero la duda
                     decir que solamente una empresa (quien re­


          3 9 4  J o  r g  e    P  é r e z - A  l b  e l a    B  e n  a v i d  e s
   392   393   394   395   396   397   398   399   400   401   402