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regulación  dependerá  de  la  misma  autoridad   bioequivalencia y biodisponibilidad así como en la   «
            regulatoria y de la publicación de las Directivas   realización de los estudios de seguridad y eficacia.  Z Z
            correspondientes.54                                                                               car
                                                                                                              M -
                                                         Al constituir la legislación sanitaria y la de datos
            4.  Linkage                                  de prueba normas recientemente implementa-           OO
                                                                                                              OO
                                                         das, todavía no podemos medir el impacto en la
                                                                                                       AUTOR
            En nuestro país no existe ¡inkoge entre la auto­  investigación, pero definitivamente al crearse la   NACIONAL
            ridad  regulatoria  (DIGEMID)  y  la  Dirección  de   demanda en este tipo de servicio, generará un
            Invenciones y NuevasTecnologías del INDECOPI.  mayor grado de especialización  y creación de
                                                         laboratorios que contribuirán a la investigación
            En la práctica, la autoridad regulatoria sólo veri­  y desarrollo en el país.
            fica que se cumpla con los requisitos para acce­
            der al registro sanitario y si cumple, procederá a   VIII. IMPACTO EN LA SALUD
            otorgar el registro. Si el titular de la patente ve­
            rifica que se ha otorgado el registro sanitario no   Es indudable que estos cambios legislativos a nivel   ro
            podrá hacer nada hasta que efectivamente ese   de regulación sanitaria y datos de prueba tendrán   E
            tercero inicie la comercialización del producto   un impacto positivo en la población al acceder a   oj
                                                                                                         T J
            en el mercado, situación en la que debe acudir   productos que han acreditado la calidad, seguri­  TJ ro
            al INDECOPI para hacer valer sus derechos sobre   dad y eficacia ante la autoridad regulatoria.  TJ
                                                                                                          lo
            la patente e iniciar las acciones por infracción a                                            QJ
                                                                                                          >
            los derechos de la propiedad industrial.     La  implementación  de  los  procedimientos de   C
                                                                                                         3
                                                         bioequivalencia  y  biodisponibilidad  para ac­  _ro
            En el texto del TLC con Estados unidos se esta­  ceder al  registro  sanitario  para  determinados   TJ a»
            blecía medidas para que el titular de la patente   productos,  significará  que  podamos  tener en   o
                                                                                                         -C
            pudiera evitar la comercialización del producto   nuestro  país  productos  que  realmente  sean   u
                                                                                                          cu
            infractor, sin embargo, el texto del acuerdo no   intercambiables  con  el  producto original  con   a;
                                                                                                         O
            fue claro y no puede interpretarse unívocamen­  estudios presentados y revisados ante la autori­  a;
                                                                                                         TJ
            te el linkage en los términos mencionados.   dad regulatoria, en otras palabras, genéricos de   TJ
                                                                                                          ro
                                                         calidad. La implementación de los Reglamentos    =3
            Vil.  IMPACTO EN LA INVESTIGACIÓN Y          locales está a cargo de la autoridad sanitaria y   U
                                                                                                          ro
                                                                                                         Li-
                DESARROLLO                               dependerá de ella que efectivamente se cumpla
                                                         con estas disposiciones55.                      TJ CU
            Es indudable que las modificatorias a  la  Ley Ge­                                            LO
                                                                                                          O
                                                                                                          c
            neral de Salud,  principalmente en  la  exigencia   IX.  CONCLUSIONES                         E
            de nuevos requisitos para acceder a los registros
                                                                                                          ro
            sanitarios de los medicamentos, traerá consigo   La autoridad regulatoria ha otorgado en el 2010   O
            una demanda en la realización de lo estudios de  y sigue otorgando a la fecha, protección de da-  Q.
                                                                                                          ro
                                                                                                         TJ
                                                                                                          ro
                                                                                                         +-*
                                                                                                         TJ
                                                                                                          QJ
                                                                                                          ro
            54.  En  la  Sexta  Disposición  Complementaria  y  final  se  establece  que  "La  Autoridad  Nacional  de  Productos   LO
                Farmacéuticos,  Dispositivos  Médicos y Productos Sanitarios  propondrá a  la Autoridad  Nacional de Salud  (ANS)   >
                                                                                                          QJ
                los siguientes dispositivos legales, en el plazo que se detalla a continuación: Directiva que regula los estudios de   CC
                equivalencia terapéutica para demostrar la intercambiabilidad de los productos farmacéuticos, en un  plazo no
                mayor de ciento veinte (120) días; Directiva que regula la presentación y contenido de los documentos requeridos
                en la inscripción de productos biológicos, en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días; Directiva que regula   N-
                                                                                                         <N
                los aspectos de calidad, estudios preclínicos y clínicos de los productos biológicos que opten por la similaridad, en
                                                                                                         CO
                un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días; Directiva que regula la expedición del certificado de liberación
                                                                                                         5
                de lote de productos biológicos, en  un  plazo no  mayor de ciento veinte (120) días.  Previo cumplimiento de la
                normatividad de la Organización Mundial del Comercio, de la Comunidad Andina de Naciones en los relativo al   2
                terna de obstáculos técnicos al comercio".                                               §
                                                                                                         Q
            55.  "Los actos u omisiones de las agencias sanitarias reguladoras son un factor decisivo en materia de seguridad pública,
              A  n á l i s i s    d e    l a    l e g i s l a c i ó n    l o c a l    y    T r a t a d o s    a p l i c a b l e s .    P  r i m  e r o s    c a s o s    -    P e r ú    3 8 9
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