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Sin duda, los excesos provenientes de un mo­  En  efecto,  es  pertinente  traer  a  colación  la
                 delo de crecimiento económico basado en la   acelerada  e  insólita  reforma  del  artículo  135
                 desregulación y en  la  exuberancia  irracional   de la Constitución  Española, efectuada al dic­
                 del  neoliberalism o  im perante  durante  los   tado de los mercados y del directorio europeo
                 años 80 y 90 del siglo pasado han sido causa   hegemonizado  por Alemania,  con  objeto  de
                 eficiente  del  fenómeno  que  se  ha  descrito.   garantizar  la  estabilidad  presupuestaria  del
                 Pero  la  crisis económica  más  importante  de   conjunto de administraciones  públicas. Y eso
                 la Historia se explica no sólo por la impericia   es así porque, paradójicamente, otros aspectos
                 en su gestión, a la vista de sus costosas conse­  de la Carta Magna como la Monarquía o la or­
                 cuencias sociales en términos de agravamien­  ganización territorial del Estado han devenido
                 to de las desigualdades y de la pobreza; sino   quasi intangibles. Y  no  sólo eso.  En  términos
                 también  por  el  obscurantismo  y  los  déficits   más  domésticos,  debe  hacerse  mención  al
                 democráticos  que  han  acompañado  el  mo­  uso  abusivo  del  Decreto-Ley  por  parte  del
                 delo  de  gobernanza,  liderada  por  el  Banco   Ejecutivo  español,  lo  cual  ha  traído  consigo
                 Central  Europeo,  el  Fondo  Monetario  Inter­  una tan  inusitada como  inaceptable  invasión
           Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                 nacional  y  la  Comisión  Europea.  Lo  que,  sin   de aquel  poder sobre el  Legislativo. Y en  esa
                 duda, ha contribuido a alimentar la sensación   tarea, además, ha contado con la muy flexible
                 de  usurpación  del  derecho de  la  ciudadanía   interpretación  de  la  cláusula  de "extraordina­
                 a tom ar parte en los procesos decisionales, a   ria y urgente necesidad" de\ artículo 86.1  de la
                 tal grado que, en muchos casos, "de no haber   Constitución  Española  por  parte  del  Tribunal
                 sido porque venían impulsadas desde Bruselas   Constitucional. Un Alto Tribunal  cuyo retardo
                 (o Francfort) quizás no se habrían tomado [esas   a la hora de dirim ir los conflictos derivados de
                 medidas]"'0 (el claudatores es mío).         esa legislación de urgencia  no sólo ha  permi­
                                                              tido que sus efectos llegaran a materializarse,
                 En otras palabras: resulta paradójico constatar   sino  que  ha  argumentado,  incluso,  que  en
                 cómo  las  sociedades  occidentales  europeas,   estos supuestos no le cabe realizar un control
                 y  la  española  en  particular,  que  alcanzaron   estricto,  mostrándose  así  extremadamente
                 un alto grado de bienestar y de democracia a   deferente para con el  legislador material  (por
                 raíz del  consenso de  la  posguerra  mundial  o   todas, véase la STC 182/97)".
                 de  largos  períodos  de  autoritarismo,  gracias   2.  La corrupción pública y política.
                 precisamente a la activa participación de la ciu­
           por  alum nos  de  la   dadanía en la  política, ahora, por el contrario,   En los últimos tiempos, los escándalos de corrup­

                 ceden terreno a favor de determinadas élites
                 tecnocráticas  hegemónicas que  han  hecho y
                                                              ción están  adquiriendo gran  relevancia mediá­
                                                              tica y contribuyendo a erosionar la credibilidad
                 deshecho a su  libre albedrío, forzando, como
                                                              del  sistema  político12. Además, también está  la
                 se ha visto, cambios de Gobierno en  Grecia e
           Revista  editada   Italia,  impidiendo  referendo sobre el  alcance   aparente  impunidad  de  sus  responsables, ya
                                                              sea mediante el recurso al indulto, los beneficios
                 de  las directrices económicas europeas  (Gre­
                 cia)  o  imponiendo  reformas  constitucionales
                                                              penitenciarios o  prerrogativas  como  el  afora­
                 en España.
                                                              miento, que está multiplicando la sensación de



                 10.  Cfr.: ORTEGA, Andrés "Tecnocracia o populismo en Europa". El País, 19 de diciembre de 2013.
           130   11.  Por  ejemplo,  el  reciente  Real  Decreto  Ley  8/2014,  del  4  de  julio,  de  aprobación  de  medidas  urgentes  para
           ADVOCATUS   12.  En ese sentido, Vid., VILLORIA, Manuel y JIMÉNEZ, Fernando. "La corrupción en España (2004-2010): datos, percepción
                     el  crecimiento,  la  competitividad  y  la  eficiencia  regula  cuestiones  tan  variadas  como  el  Registro  Civil  o  los
                     aeropuertos, los puertos o minas, las empresas de trabajo temporal, el cine, los horarios comerciales, los drones,
                     el sector del gas natural o el de la energía eléctrica.


                     y efectos". En: Reis N° 138, abril-junio 2012, pp. 109-134.



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