Page 21 - Opciones Laborales En Tiempos de Crisis
P. 21
Vamos a ver…
Si trabajas con un contrato laboral por cuenta ajena y tu sueldo neto es de 1200€ netos tu
cotización bruta que sería 1.620€ aprox. pero el empresario paga un total de 2400€ aprox. por
tenerte en plantilla. Eso independientemente de que el negocio valla bien o mal a lo que además
tiene que sumarle su propia cotización….
Cuota de la seguridad social de un Autónomo
La cuota a la seguridad social del autónomo se calcula en función de la base de cotización que
haya elegido. (En este caso no voy a contar con ningún tipo de bonificaciones para no liarnos)
Las bases de cotización tienen un mínimo y un máximo que se aprueba cada año en los
Presupuestos Generales del Estado. Para 2016, la base mínima eran 893,10 euros mensuales y
se mantiene igual en 2017. La máxima se fija en 3.751,20 euros mensuales. Por lo tanto, la
mayoría de los autónomos, que cotizan por la base mínima, pagará 267,04 euros de cuota.
Cobertura de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Los autónomos que quieran incluir la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales en la cuota, pagarán un importe mayor. Esta cobertura es voluntaria, salvo para
ciertos sectores profesionales. Dependiendo de la actividad que se realice, la cuota se
incrementará entre el 1% y el 6%.
Las ventajas de pagar esta cobertura es que si tenemos un accidente de trabajo cobraremos el
75% de la base de cotización desde el primer día de baja en lugar del 60% desde el 4º al 20º
como sucedía antes.
Cobertura de cese de actividad.
La cobertura de cese de actividad es también voluntaria (paro de autónomos). Para acceder a ella
hay que cotizar también por AT y EP, lo que supone incrementar la cuota en un 1,7%.
Si contamos que pagas la cuota mínima 267,04€ mensuales + pongamos un 3% de cobertura de
accidentes + un 1,7% para cubrirte por cese de actividad (267,04 + 8,01+4,54) hace un total de
279,59€ de cuota mensual y tu cotización bruta (el importe a tener en cuenta para cobrar la baja o
el paro) es de 893,10€
¿Verías lógico cobrar lo mismo de baja o paro que un empleado por cuenta ajena?
¡No!
Indiferentemente del volumen de ventas que hagas para la empresa siempre cobrarás lo mismo
siendo un asalariado pero en cambio si eres autónomo y cobras a comisión siempre tendrás la
opción de cobrar mucho más en dependencia de tu esfuerzo y de tu volumen de ventas y si
quieres tener una mayor base de cotización puedes aumentar tu cuota de Autónomo en función
de tus ingresos para asegurarte una mejor y mayor prestación en caso de baja, cese de actividad
o jubilación.