Page 21 - Opciones Laborales En Tiempos de Crisis
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Vamos a ver…

        Si  trabajas  con  un  contrato  laboral  por  cuenta  ajena  y  tu  sueldo  neto  es  de  1200€  netos  tu
        cotización bruta que sería 1.620€ aprox. pero el empresario paga un total de 2400€  aprox. por
        tenerte en plantilla. Eso independientemente de que el negocio valla bien o mal a lo que además
        tiene que sumarle su propia cotización….

        Cuota de la seguridad social de un Autónomo

        La cuota a la seguridad social del autónomo se calcula en función de la base de cotización que
        haya elegido. (En este caso no voy a contar con ningún tipo de bonificaciones para no liarnos)
        Las  bases  de  cotización  tienen  un  mínimo  y  un  máximo  que  se  aprueba  cada  año  en  los
        Presupuestos Generales del Estado. Para 2016, la base mínima eran 893,10 euros mensuales y
        se  mantiene  igual  en  2017.  La  máxima  se  fija  en  3.751,20  euros  mensuales.  Por  lo  tanto,  la
        mayoría de los autónomos, que cotizan por la base mínima, pagará 267,04 euros de cuota.



        Cobertura de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

        Los autónomos que quieran incluir la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades
        profesionales en la cuota, pagarán un importe mayor. Esta cobertura es voluntaria, salvo para
        ciertos sectores profesionales. Dependiendo de la actividad que se realice, la cuota se
        incrementará entre el 1% y el 6%.

        Las ventajas de pagar esta cobertura es que si tenemos un accidente de trabajo cobraremos el
        75% de la base de cotización desde el primer día de baja en lugar del 60% desde el 4º al 20º
        como sucedía antes.

        Cobertura de cese de actividad.

        La cobertura de cese de actividad es también voluntaria (paro de autónomos). Para acceder a ella
        hay que cotizar también por AT y EP, lo que supone incrementar la cuota en un 1,7%.

        Si contamos que pagas la cuota mínima 267,04€ mensuales + pongamos un 3% de cobertura de
        accidentes + un 1,7% para cubrirte por cese de actividad  (267,04 + 8,01+4,54) hace un total de
        279,59€ de cuota mensual y tu cotización bruta (el importe a tener en cuenta para cobrar la baja o
        el paro) es de 893,10€


        ¿Verías lógico cobrar lo mismo de baja o paro que un empleado por cuenta ajena?

        ¡No!

        Indiferentemente del volumen de ventas que hagas para la empresa siempre cobrarás lo mismo
        siendo un asalariado pero en cambio si eres autónomo y cobras a comisión siempre tendrás la
        opción  de  cobrar  mucho  más  en  dependencia  de  tu  esfuerzo  y  de  tu  volumen  de  ventas  y  si
        quieres tener una mayor base de cotización puedes aumentar tu cuota de Autónomo en función
        de tus ingresos para asegurarte una mejor y mayor prestación en caso de baja, cese de actividad
        o jubilación.
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