Page 79 - FLIP DERECHO ADMINISTRATIVO 1
P. 79

IV.        Hacer constar por escrito y con la firma autógrafa de la autoridad que lo expida, salvo
                en aquellos casos en que la ley autorice otra forma de expedición;


                  V.        Estar fundado y motivado;


                 VI.        Estar fundado y motivado debidamente;


                VII.        Ser  expedido  sujetándose  a  las  disposiciones  relativas  al  proceso  administrativo
                previstas en esta ley;


                VIII.        Ser expedido sin que medie error sobre el objeto, causa o motivo, o sobre el fin del

                acto.


                 IX.        Se expedido sin que medie dolo o violencia en se emisión;


                  X.        Mencionar el órgano del cual emana;

                 XI.        Se  expedido,  en  su  caso,  por  órgano  colegiado  habiéndose  satisfecho  los  requisitos

                exigidos por la ley o decreto, según sea el caso, para la expedición del acto;


                XII.        Ser expedido sin que medie error respecto a la referencia específica de la identificación
                del expediente, documento o nombre completo de las personas;


                XIII.        Ser expedido señalando lugar y fecha de emisión;


                XIV.        Tratándose de actos administrativos que deban notificarse deberá hacerse mención de

                la oficina en que se encuentra y puede ser consultado el expediente respectivo;

                XV.        Tratándose de actos administrativos recurribles deberá hacerse mención de los recursos

                que procedan, y


                XVI.        Ser  expedido  debiendo  expresamente  todos  los  puntos  propuestos  por  las  partes  o
                establecidos por la ley.


                Efectos y ejecución del acto administrativo


                Cuando  nos  referimos  a  la  efectividad,  se  trata  de  la  eficacia  de  este,  una  vez  que  el  acto

                administrativo  ha cumplido con cada una de las formalidades de fondo y de forma, se considera
   74   75   76   77   78   79   80   81   82   83   84