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TEMA I
EL PROCEDIMIENTO PENAL, SU TRASCENDENCIA
Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA.
DEFINICIÓN DE DERECHO PROCESAL PENAL.
Juan Jacobo Rousseau afirmo que cuando el hombre pintando
una raya en el suelo dijo “ESTO ES MIO” en ese momento
nacieron las diferencias en el género humano. En los albores
de la civilización a través de la VENGANZA PRIVADA se
accedía a un castigo para quienes perturbaban la tranquilidad de otros. Existen bienes que se
establecen jerárquicamente y de estos depende la propia existencia humana estos se consideran
derechos humanos o bienes jurídicos cuya lesión, o incluso su sola amenaza imposibilita el
desarrollo de las relaciones sociales, como son la vida , la salud , la propiedad , la libertad, estos
son los bienes tutelados por el Estado en el ejercicio llamado jus puniendi, que establece una
serie de normas del más alto rango , describiéndose los delitos en el que las conductas humanas
lesionan estos bienes sociales, señalando las leyes las normas tuteladas y las penas impuestas a
la lesión de las mismas, “ESTO CONSTITUYE EL OBJETO DEL DERECHO PENAL”, y el
vehículo para la aplicación del Derecho Penal es el DERECHO PROCESAL PENAL. La ley
adjetiva se contrapone a la sustantiva. Para Rodolfo Monarque Urena se considera como la
ciencia o disciplina que estudia las diversas instituciones jurídicas propias al procedimiento
penal.
El Derecho Procesal se puede definir, en un sentido amplio, como el conjunto de reglas que
indican la tramitación que debe darse en cualquier gestión que se haga ante una autoridad. Para
Rafael De Pina en su diccionario de Derecho se establece que es un conjunto de normas de
derecho positivo, relativo a la jurisdicción y a los elementos personales reales y formales que
ocurren a su ejercicio.